En relación con el otorgamiento de registro se debe tramitar a través del aplicativo SimplifICA https://www.ica.gov.co/servicios_linea/semillas aportando la siguiente información y documentos:
- Nombre o razón social, número de identificación (cédula, NIT o RUT), dirección, teléfono y correo electrónico.
- Indicar la dirección de los sitios de almacenamiento de semillas. En el caso de no disponer de bodegas propias deberá presentar copia del vínculo o negocio jurídico vigente suscrito con un almacenador de semillas registrado y autorizado para este servicio. Se exceptúa de este requisito la solicitud de registro como Unidad de Evaluación Agronómica y de Unidad de Investigación en Fitomejoramiento.
- Acreditar la propiedad, tenencia o posesión del predio o inmueble donde desarrolla la actividad (sede administrativa y sede operativa), y detallar la dirección del predio y su georreferenciación en caso de que su ubicación sea rural.
- Indicar las especies con nombre común, nombre científico y el grupo vegetal al que pertenecen, así como las categorías para el sistema de producción de semilla certificada. Se exceptúa de este requisito a los almacenadores de semillas.
- Indicación del número de matrícula inmobiliaria del inmueble, si lo tiene.
- Informar el control interno de calidad implementado, el cual podrá constar de un laboratorio, acorde con la actividad a desarrollar. En el caso de no disponer, debe presentar o indicar:
- Estar vinculado y tener una relación activa con un productor de semillas registrado en el sistema SimplifICA.
- El uso de los servicios de los laboratorios del ICA previo pago de las tarifas correspondientes. Para este punto en particular, se exceptúa la solicitud de registro de Unidad Evaluación Agronómica y/o Unidad de Investigación y/o almacenadores de semillas.
- Manifestar la manera en que se comercializará la semilla, bien sea de forma directa y/o a través de distribuidores, registrados en SimplifICA. Indicar el nombre o razón social y número de registro ICA según Resolución 090832 de 2021 o la norma que la modifique o sustituya.
- Se exceptúan de este requisito las solicitudes de registro de Unidad Evaluación Agronómica, Unidad de Investigación o de Almacenadores de Semillas.
- Pago de la tarifa vigente correspondiente a la expedición del registro. Código 07015 Registros y autorizaciones de actividades relacionadas con el área de semillas.
- Indicar el número de registro como productor de semillas o estar vinculado y tener una relación comercial o legal activa con un productor de semillas registrado en SimplifICA, que demuestre el suministro de la clase y categoría de la especie de semilla a exportar.
- Documento que describa el empaque y rotulado de conformidad a lo establecido en la resolución 15141 de 2024.
- La semilla de los cultivares objeto de exportación podrán proceder de lotes de semillas de planes de producción con requisitos de calidad menores a los indicados en la presente resolución, con el fin exclusivo de exportación para atender a los clientes en otros países, para lo cual el productor de semillas deberá informar previamente al ICA que el país de destino acepta los requisitos de calidad.
El ICA, a solicitud del exportador o del país importador, podrá suministrar la documentación pertinente del origen de la producción de semilla a exportar.