Toda persona natural o jurídica que se dedique al almacenamiento a terceros de producto terminado, gráneles y materias primas de productos farmacéuticos, cosméticos, desinfectantes, ectoparasiticidas con y sin clasificación toxicológica de uso veterinario, debe registrarse ante el ICA, de conformidad con los requisitos y procedimientos establecidos en la Resolución 069245 del 03 de junio de 2020.