En las visitas de prevención, vigilancia y control los funcionarios ICA informan al productor de las prácticas preventivas que puede implementar para mantener la sanidad en sus sistemas productivos, donde se resaltan prácticas agroecológicas como las siembras de policultivos, mantener el suelo cubierto, sano y fértil y el cuidado del bosque, las cercas vivas y los corredores biológicos como elementos que limitan el crecimiento desmedido de las poblaciones de plagas, reducen el impacto del cambio climático en los sistemas productivos y mejoran la inocuidad de los alimentos. En el siguiente enlace, en la pestaña "Material divulgativo", se relacionan diversas prácticas agroecológicas que aportan a la sanidad vegetal: https://www.ica.gov.co/areas/agricola/direccion-tecnica-de-sanidad-vegetal/agricultura-campesina-familiar-etnica-y-comunitria
 

Si en su cultivo o traspatio observa plantas con síntomas como amarillamiento asimétrico en las hojas, un moteado irregular que no sigue los nervios naturales de las mismas, engrosamiento de la nervadura central, o frutos con decoloración que avanza desde el pedúnculo hacia adentro y con crecimiento asimétrico, repórtelo de inmediato al ICA. Puede hacerlo a través de la seccional u oficina local más cercana. Mientras espera la visita del profesional del ICA, no erradique ni manipule la planta sospechosa. Retirarla antes del diagnóstico puede impedir la toma de una muestra válida y dificultar la confirmación oficial de la enfermedad, que es el paso indispensable para activar las medidas de atención.
Durante la visita, el técnico del ICA realizará la toma de muestras de tejido vegetal y en el caso de encontrar también de insectos, siguiendo un protocolo estandarizado. Esas muestras son enviadas a los laboratorios fitosanitarios del ICA para sus análisis mediante pruebas moleculares. Este proceso no tiene ningún costo para el productor, siempre que el reporte se realice a través de los canales oficiales del ICA, dado que hace parte de su programa misional de vigilancia fitosanitaria. Reportar a tiempo no solo protege su cultivo: es también una responsabilidad fitosanitaria colectiva. La detección temprana es la herramienta más eficaz que existe hoy para contener la dispersión del HLB hacia zonas que aún están libres de la enfermedad en Colombia. Cada reporte oportuno contribuye directamente a esa contención. Línea de atención del ICA: 018000515515 | www.ica.gov.co
 

No. Hasta la fecha, la evidencia científica disponible indica que Candidatus Liberibacter asiaticus (CaLas), la bacteria causante del HLB en Colombia, no se transmite a través de la semilla proveniente de árboles infectados. La razón está en la biología de la bacteria: en las plantas la bacteria se aloja exclusivamente en el floema el tejido vascular encargado de transportar nutrientes hacia todas las estructuras del árbol. Durante la formación de la semilla, la bacteria no logra colonizar los tejidos de la semilla, compuestos principalmente por el embrión (la futura plántula) y las reservas nutritivas que la alimentan durante la germinación. Por eso, aunque una planta madre esté infectada, las semillas que produce no llevan consigo la bacteria en condiciones que permitan infectar a la nueva plántula al germinar.
 

Sí. El HLB causado por la bacteria Candidatus Liberibacter asiaticus (CaLas) fue detectado oficialmente en Colombia por primera vez en 2016, en el departamento de La Guajira, a partir de una planta de limón mandarino. Desde ese primer hallazgo y a lo largo de una década de monitoreo vigilancia oficial, el ICA ha confirmado la presencia CaLas en trece (13) departamentos: La Guajira, Atlántico, Magdalena, Cesar, Bolívar, Sucre, Córdoba, Norte de Santander, Santander, Arauca, Antioquia, Vichada y Meta. En Antioquia, las detecciones se han registrado puntualmente en el área metropolitana del Valle de Aburrá, mientras que las zonas de producción comercial de cítricos del Suroeste Antioqueño han sido declaradas libres de la bacteria y se mantienen bajo vigilancia activa para preservar esa condición.
 

De acuerdo con lo establecido en la resolucion 1580 de 2022, el registro de la empresa debe se realizado a traves de la plataforma Simplifica. Una vez diligenciado el formulario único de información en SimplifICA, el ICA asignará y emitirá de manera automática el registro de acuerdo con el tipo de actividad a desarrollar (fabricante, formulador, envasadore, distribuidor, importador y/o exportador).

Cumplidos los requisitos establecidos en la resolución 90833 de 2021, la empresa deberá realizar el trámite de registro de empresa a traves de la plataforma Simplifica. Una vez diligenciado el formulario único de información en SimplifICA, el sistema expedirá de manera automática el registro de acuerdo con el tipo de actividad a desarrollar.

Los requisitos y el procedimiento para el registro de un departamento técnico para la ejecución de ensayos de eficacia se encuentran establecidos en la Resolución 76510 del 25 de septiembre de 2020.

Los requisitos y el procedimiento para obtener el registro de un Plaguicida Quimico de uso agricola se encuentran establecidos en la Resolución 1580 de 2022.
Adicionalmente, tenga en cuenta que, a partir de la expedición de la Decisión 804 de 2015 lo reguladores fisiológicos han sido incorporados dentro del concepto de Plaguicida Químico de Uso Agrícola (PQUA), por lo que debe surtir el mismo proceso de registro.
Por su parte, los requisitos para el registro de un coadyuvante de uso agricola están establecidos en la Resolución 90833 de 2021.
 

El interesado en el registro de un plaguicida quimico de uso agricola será responsable por ingresar la información para la solicitud del registro en la plataforma SimplifICA. Una vez presentada la solicitud de registro, el ICA realizará la evaluación técnica de la información aportada. Los plazos para el trámite de regitro de un Plaguicida quimico de uso agricola se encuentra establecidos en el articulo 20 de la resolucion 1580 de 2022.
En relacion con la tarifas aplicables a cada trámite, estas se encuentran definidas en la resolucion de tarifas vigente expedida, y puede ser consultada directamente a traves de los canales oficiales de la entidad, en el sigueinte enlace: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas
 

Toda persona natural o jurídica interesada en obtener el Registro Nacional de un Plaguicida Químico de Uso Agrícola deberá previamente, contar con el registro de la empresa según el tipo de actividad realizada (fabricante, formulador, envasador, distribuidor, importador y/o exportador).
           
Posteriormente, para obtener el Registro Nacional de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, deberá diligenciar y presentar la información requerida a traves de la plataforma SimplifICA y cumplir con los requisitos establecidos en la Decisión Andina 804 de 2015, y la Resolución 2075 del 2019 de la Comunidad Andina de Naciones, y la Resolución ICA 1580 de 09 febrero 2022.