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La información relacionada con estudios técnicos, normatividad y manuales de procedimiento de exportación pecuaria puede consultarse a través de los canales oficiales de la Subgerencia de Protección Fronteriza, la página web institucional del ICA o los correos institucionales definidos para este tipo de consultas.

Algunas enfermedades pueden convertirse en barreras sanitarias para mercados de exportación según la especie y el país de destino. Entre las más relevantes se encuentran la fiebre aftosa en rumiantes, la encefalitis equina venezolana en équidos, Newcastle en aves y peste porcina clásica en suidos. Estas enfermedades pueden transmitirse por animales vivos, productos de origen animal o fómites.

Sí, cuando la mercancía requiere Certificado Zoosanitario para Exportación - CZE o cuando el país de destino así lo exige, el establecimiento en Colombia del cual procede la mercancía debe estar registrado previamente en SISPAP como predio o establecimiento de exportación. Para ello puede requerirse una visita de verificación de condiciones del establecimiento exportador.
 

Depende de los requisitos sanitarios exigidos por el país de destino. Para la exportación de animales en pie, el exportador o persona interesada debe verificar previamente los requisitos del país importador, incluyendo si se exige cuarentena previa a la exportación, con el fin de garantizar la condición sanitaria de los animales.
 

Para la exportación de animales y productos de origen pecuario, el ICA y el Servicio Veterinario Oficial del país de destino establecen o acuerdan los requisitos sanitarios correspondientes. Los requisitos disponibles pueden consultarse en SISPAP. Si no se encuentra información relacionada con el producto o país de destino, el interesado debe consultar directamente al servicio veterinario oficial del país importador y solicitar orientación al ICA.
 

Los procedimientos de exportación de productos pecuarios pueden consultarse en la sección de procedimientos de la Subgerencia de Protección Fronteriza publicada en la página web institucional del ICA.

El Certificado Zoosanitario para Exportación - CZE es el documento oficial expedido por el ICA mediante el cual se autoriza la exportación de un animal, producto o mercancía de origen animal, bajo el cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por el país importador. Tiene una vigencia de 90 días y ampara un solo embarque. Para solicitarlo, el usuario debe contar previamente con usuario y contraseña de acceso al SISPAP y seguir el procedimiento correspondiente.
 

Para exportar animales, productos o subproductos de origen animal e insumos pecuarios, el exportador o persona interesada debe verificar con su cliente o directamente con el Servicio Veterinario Oficial - SVO del país de destino si el producto requiere Certificado Zoosanitario para Exportación - CZE. Si lo requiere, debe verificar que existan requisitos sanitarios acordados entre Colombia y el país de destino, registrarse como usuario en SISPAP, verificar que el establecimiento de origen esté registrado en SISPAP como predio o establecimiento de exportación y realizar la solicitud del CZE a través del sistema.

Para importar animales, productos o subproductos de origen animal e insumos pecuarios, el importador debe verificar si el producto requiere Documento Zoosanitario para Importación - DZI. Si lo requiere, debe verificar que existan requisitos sanitarios establecidos por el ICA, registrarse como usuario en SISPAP, verificar si el establecimiento de origen se encuentra registrado ante el ICA en SISPAP y realizar la solicitud del DZI a través del sistema. Si no existen requisitos sanitarios definidos, puede requerirse evaluación de riesgos o estudio técnico para determinar la viabilidad sanitaria de la importación.

El Documento Zoosanitario para Importación - DZI es el documento oficial expedido por el ICA mediante el cual se autoriza la importación de animales, productos o mercancías de origen animal, bajo el cumplimiento de requisitos sanitarios previamente definidos. Es un documento previo, válido por 90 días y ampara un solo embarque. Requieren DZI aquellas mercancías que, por su categoría de riesgo sanitario, pueden vehiculizar agentes patógenos. Para solicitarlo, el usuario debe contar con usuario y contraseña en SISPAP y seguir el procedimiento establecido.