El ICA desarrolla y ejecuta mecanismos encaminados al control sanitario de las actividades de comercio internacional de animales y mercancías de origen pecuario en atención a la normatividad nacional e internacional vigente, y a los acuerdos sanitarios establecidos con otros países.
Para la exportación de animales en pie, el exportador o persona interesada debe proceder a verificar de manera previa los requisitos sanitarios requeridos por el país de destino para permitir su ingreso, dentro de estos la exigencia del desarrollo de un proceso de cuarentena previo a la exportación, con el fin de garantizar la condición sanitaria de los animales motivo de exportación.