Consulte y acceda a la lista de preguntas y respuestas ciudadanas mas frecuentes.

 

Para Consultar los procedimientos de importación de productos pecuarios, favor ingresar al link:
https://www.ica.gov.co/areas/proteccion-fronteriza/procedimientos-subgerencia

Las mercancías importadas provienen de establecimientos certificados, avalados y con seguimiento por parte de la autoridad sanitaria del respectivo país de origen. Sus características vienen soportadas en fichas técnicas, soportes del servicio sanitario y análisis de laboratorio. En destino, es decir en nuestro país, estas mercancías (animales, sus productos y demás relacionados al tema pecuario y agrícola) son sometidas a procedimientos de laboratorio principalmente en el LNDV, LANIP y LANI.
 

Para la realización de las pruebas de evaluación agronómica, el interesado debe presentar solicitud firmada por el representante legal de la empresa ante la Dirección Técnica de Semillas del ICA, con la siguiente información y documentos:
  • Nombre o razón social, dirección y teléfono del solicitante.
  • Información de la unidad de evaluación agronómica o unidad de investigación en fitomejoramiento registrada ante el ICA, la cual será la encargada de realizar las pruebas de evaluación agronómica. Se deberá citar el número y fecha de la resolución ICA mediante la cual se le otorgó el registro a la Unidad.
  • Identificación de los genotipos (nombre y/o código) y su lugar de procedencia. Si se trata de un cultivar protegido por derecho de obtentor, debe presentar la autorización del obtentor para evaluar sus materiales.
  • Información de las características de los cultivares. Si se trata de genotipos genéticamente modificados, informar sobre las características de la tecnología introducida.
  • Genealogía y la metodología empleada (N/A cannabis).
  • Subregiones naturales donde se van a evaluar los genotipos.
  • Informar sobre los testigos que se utilizarán, dentro de la misma subregión natural.
  • Información preliminar sobre la ubicación de los lugares en donde se sembrarán las pruebas.
  • Copia de la factura ICA con el pago de la tarifa correspondiente (código 04463).
  • Informar al ICA con mínimo veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha de siembra de las semillas en campo o a la fecha de trasplante a sitio definitivo, en el caso de cultivos que pasan por etapa de vivero.
  • Oficio de autorización ICA.

Si, siempre y cuando se encuentre registrado ante el ICA para realizar esta actividad, de acuerdo con la Resolución 76510 de 2020.

En la oficina de bioinsumos del ICA le orientan sobre la categoría del bioinsumo con base en el ingrediente activo y su actividad biológica. Adicionalmente, la clasificación de los bioinsumos para uso agrícola se puede consultar en la Resolución ICA 68370 de 2020 que se puede descargar en el enlace:
 
https://www.ica.gov.co/getattachment/Areas/Agricola/Servicios/Fertilizantes-y-Bio-insumos-Agricolas/Resolucion-068370-del-27-de-mayo-de-2020.pdf.aspx
 
Los formatos anexos a esta resolución de pueden consultar en el enlace bajo el título Formatos Bioinsumos:
https://www.ica.gov.co/getdoc/a5c149c5-8ec8-4fed-9c22-62f31a68ae49/fertilizantes-y-bio-insumos-agricolas.aspx .
 
En esta resolución se indica cómo realizar el proceso de importación.

Para consultar los registros de lugares de producción y empacadoras de vegetales para la exportación en fresco debe dirigir su consulta al correo electrónico: registros.vegetales@ica.gov.co, especificando el tipo de especie vegetal.
 

El ICA ha dispuesto en la página web el siguiente enlace donde se encuentra toda la información relacionada con los Planes de Trabajo Operativos vigentes o protocolos especiales para el acceso a algunos mercados internacionales. En este sitio se podrá encontrar por país de destino y por especie vegetal el listado de lugares de producción, empacadoras y exportadores habilitados:
https://www.ica.gov.co/importacion-y-exportacion/planes-trabajo-exportacion-vegetales
 

En la página web del ICA se encuentra disponible el siguiente enlace para la consulta de los requisitos y los lugares de producción y exportadores habilitados para exportar vegetales frescos con destino a Panamá:
https://www.ica.gov.co/importacion-y-exportacion/planes-trabajo-exportacion-vegetales/panama

Para exportar a este mercado se requiere contar con el registro de lugar de producción ó exportador de acuerdo con la Resolución 824 de 2022, posteriormente debe presentarse una carta de solicitud y compromiso por parte del titular del registro de acuerdo con el modelo que se encuentra publicado en este sitio web. La solicitud debidamente diligenciada y firmada, debe enviarse al correo: registros.vegetales@ica.gov.co, una vez realizada la verificación en la seccional del ICA que corresponda por competencia geográfica, se procederá a incluir el exportador o el lugar de producción al listado publicado en la página web del Instituto.
 

La información sobre estadísticas agropecuarias la puede obtener directamente del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en su portal web: www.agronet.gov.co
 

Decreto 2398 del 27 de diciembre de 2019, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural “Por el cual se sustituye el Título 3 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural 1071 de 2015, relacionado con el certificado de movilización de plantaciones forestales comerciales"
 
• Resolución 071641 del 15/07/2020 del ICA “Por medio de la cual se establecen los requisitos y los procedimientos para el registro ante el ICA de plantaciones forestales comerciales y la expedición de certificados de movilización de productos de transformación primaria obtenidos de las plantaciones forestales comerciales registradas en el territorio nacional”.

Información que se encuentra en el siguiente enlace:
https://www.ica.gov.co/servicios_linea/forestalesprincipal.aspx