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Ingresando por la página principal del ICA, en la opción Oferta Institucional – Tarifas – Información de Facturación, se encuentran descritos los requisitos e información relacionada con el proceso, así como las opciones de recaudo disponibles.

También se pude acceder a través del siguiente enlace:
https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas/informacion-de-adicional

Los ingresos del ICA se encuentran enmarcados como Tasas conforme a la Ley 1955 de 2019, concepto de las entidades del estado que no aplica para la expedición de facturación electrónica, por no encontrarse dentro de operaciones de venta de bienes y servicios, conforme al artículo 616-1 del estatuto tributario y al parágrafo 6 del mismo artículo.

Para descargar los certificados de Ingresos y Retenciones generados desde la vigencia 2014, los proveedores o contratistas se deben registrar ingresando a la página web del ICA, en la opción Oferta Institucional – Certificados.
 
Para certificados de vigencias anteriores al 2014, se debe enviar la solicitud al correo electrónico financiera@ica.gov.co indicando los datos del proveedor o contratista, como son NIT, nombre o razón social y vigencia del certificado que requiere.

Transcurridos los 30 días de emitida la factura a crédito, si no se hace efectivo el pago correspondiente, el Grupo de Gestión Financiera del ICA procede a realizar el bloqueo del tercero en el Sistema Nacional de Recaudo “SNRI”, impidiendo la generación de facturas para solicitar los nuevos servicios que requiera.
 
Para su desbloqueo, los usuarios deben realizar los pagos de las facturas pendientes y remitir el respectivo soporte al correo electrónico carteraggf@ica.gov.co

Los campos o espacios que se visualizan en el PDF de la factura tienen limitación de caracteres, razón por la cual no se ven todos los registros. Sin embargo, se anexan los resultados de los análisis allí incluidos, para su respectiva validación.

Las muestras de análisis realizadas por los laboratorios del Instituto, son ordenadas por la Direcciones Técnicas de Inocuidad e Insumos Agrícolas y Pecuarios, como parte de la misión del Instituto, con el fin de controlar la calidad de los productos agrícolas y pecuarios comercializados en el país.

Las cuentas bancarias de recaudo del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, se encuentran detalladas en el siguiente enlace: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas/informacion-de-adicional

En las siguientes cuentas bancarias de recaudo, puede hacer los pagos de Facturas a Crédito y Resoluciones Sancionatorias:

BANCO DE OCCIDENTE   
CUENTA CORRIENTE: 23008156-4   
COD. RECAUDO 12300             
NOMBRE DEL PAGADOR: NOMBRE DE LA EMPRESA   
REF 1: NIT    
REF 2: Código del servicio

DAVIVIENDA
CUENTA CORRIENTE   
008969998189
ICA RECAUDOS   
REF 1: NIT    
REF 2: Código del servicio

BANCOLOMBIA
CONVENIO: 72159   
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO   
REF 1: NIT    
REF 2: Código del servicio

Si desea realizar el pago mediante transferencia electrónica, las únicas cuentas habilitadas para tal fin son las de los Bancos de Occidente y Davivienda.

No, los pagos de facturas a crédito se deben pagar a partir del código de barras, presentándolas en las oficinas o corresponsales de los bancos Bancolombia o Davivienda, antes de la fecha de vencimiento. De igual forma, se pueden pagar realizando una consignación o una transferencia electrónica, en cuyo caso debe remitir el soporte de pago al correo electrónico carteraggf@ica.gov.co para que sea aplicado.

Para Consultar los procedimientos de importación y exportación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, favor ingresar al link
https://www.ica.gov.co/areas/proteccion-fronteriza/procedimientos-subgerencia.

La certificación fitosanitaria se utiliza para avalar que los envíos de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, cumplen con los requisitos fitosanitarios de importación establecidos por el país de destino y se emite como resultado del proceso de inspección fitosanitaria.

Por lo anterior, el usuario exportador debe de conocer los requisitos fitosanitarios exigidos para el ingreso del envío en el país de destino y posteriormente proceder con la solicitud de inspección fitosanitaria como se establece el procedimiento de inspección y certificación fitosanitaria para la exportación productos agrícolas que puede consultar en el link https://www.ica.gov.co/areas/proteccion-fronteriza/procedimientos-subgerencia

En caso de alguna inquietud con los requisitos establecidos o con el proceso de inspección fitosanitaria y la obtención del Certificado Fitosanitario contacte Grupo Nacional de Cuarentena Vegetal al correo cuarentena.vegetal@ica.gov.co