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Un documento estructurado con evidencia científica que permite identificar las plagas cuarentenarias que pueden seguir la ruta de introducción al importar un producto agrícola o pecuario o sus derivados según su grado de procesamiento.

La Dirección Técnica tiene como objetivo principal liderar el análisis, diseño y formulación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), tanto ordinarias como de emergencia, con el fin de proteger la salud de las personas, animales y plantas.

Además, colabora estrechamente con la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria en la elaboración y ejecución de planes, programas, proyectos y procedimientos relacionados con la implementación de estas medidas. Esta colaboración se realiza en coordinación con las Subgerencias Técnicas del ICA, asegurando que estas medidas estén en línea con las directrices internacionales y/o respaldadas por evaluaciones de riesgo. También se garantiza el cumplimiento de los procedimientos establecidos por el Instituto para el diseño y desarrollo de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, asegurando su divulgación y publicidad en cumplimiento del principio de transparencia

En articulación con el DNP se ha dispuesto Para el desarrollo de las Consultas Públicas Nacional e Internacional se realiza así:

Consulta Pública Nacional: a través del aplicativo SUCOP del DNP se elevan a consulta pública los diferentes proyectos MSF, Con el fin de enriquecer los proyectos de resolución, y establecer espacios de participación directa con la ciudadanía en general, al cual se puede acceder por medio de la URL www.sucop.gov.co.

Consulta Pública Internacional: Si el proyecto MSF afecta el comercio internacional se elevará a consulta pública a través del punto de contacto de la Organización Mundial del Comercio OMC.
https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S003.aspx


 

Además del mecanismo de consulta pública, tanto a nivel nacional como internacional, el ICA ofrece espacios de socialización para los proyectos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) a través de mesas de trabajo con los distintos gremios, partes interesadas y la ciudadanía en general, con el objetivo de lograr una mayor participación.

Estos mecanismos están disponibles a través de plataformas tecnológicas que el ICA utiliza para divulgar sus proyectos y normativas, incluyendo el uso de correo masivo (ICA Masivos), banners y redes sociales.

En nuestro link de Normatividad el usuario puede consultar las Resoluciones expedidas por la Gerencia General y las expedidas por las Gerencias Seccionales del ICA.

El objetivo principal de la Dirección Técnica de Asuntos Internacionales es apoyar a la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria en la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas, proyectos, medidas y procedimientos relacionados con la gestión internacional de la admisibilidad sanitaria y fitosanitaria de los productos agropecuarios colombianos para lograr su acceso real a los mercados internacionales.

Las condiciones para la exportación o importación de un producto agropecuario varían de acuerdo con la situación sanitaria, tanto del país de origen como destino, de las características del producto a comercializar y del nivel de riesgo de cada uno. En función de esto, se establecen unas medidas de mitigación del riesgo que se acuerdan entre las autoridades de los dos países, durante un proceso de negociación de admisibilidad.

El usuario interesado en exportar debe cumplir con la normatividad nacional que incluye el registro de lugares de producción, empresas y plantas empacadoras según el producto. Estos son los requerimientos básicos de sanidad e inocuidad que el país importador solicitará conocer y cumplir para velar por la calidad e inocuidad del bien agropecuario.

Como cada país tiene la soberanía para proteger su territorio frente a la entrada de organismos plaga, es necesario tener en cuenta que los productos agropecuarios a exportar deben contar con la admisibilidad sanitaria del país importador.

Para alcanzar ese tipo de admisibilidad, el interesado debe tener en cuenta el siguiente procedimiento de admisibilidad que se desarrolla desde la Dirección Técnica de Asuntos Internacionales:
  1. El usuario deberá diligenciar  el formato de solicitud de admisibilidad sanitaria o Fitosanitaria y remitirlo al correo asuntos.internacionales@ica.gov.co. Este documento respaldará el interés de exportación por parte del usuario.
  2. Posteriormente, la Dirección Técnica de Asuntos Internacionales del ICA verificará si el producto de interés del usuario ya cuenta con los requisitos para la exportación del mismo, en caso de que ya existan requisitos se procede a informar al usuario los requisitos que debe cumplir para realizar la exportación. Si no existen requisitos de admisibilidad para la exportación, se procede a realizar la solicitud oficial por parte del ICA, a la Autoridad Sanitaria del País Importador.
  3. La Autoridad Sanitaria de cada país importador, puede contestar de la siguiente forma:
  • Remite los estándares o requisitos de cumplimiento para la exportación.
  • Remite la propuesta de requisitos para la exportación.
  • Remite el cuestionario técnico para el diligenciamiento de información técnica.
Nota: Es importante señalar que, habitualmente, la autoridad sanitaria del país importador solicita información técnica mediante un cuestionario o caracterización del proceso productivo.
  1. Una vez se obtenga la respuesta de la Autoridad Sanitaria del país importador, se procede a consolidar la información técnica requerida, y esta información se remite a la Autoridad Sanitaria para su análisis y la evaluación de riesgo de la condición sanitaria y el sistema productivo del país exportador.
  2. Culminado el análisis de riesgo, el país importador puede solicitar información técnica complementaria, una visita in situ para verificación o comunicar la propuesta de requisitos sanitarios o fitosanitarios. Para el último caso, el ICA analizará cuál es la viabilidad para dar cumplimiento a los requisitos y se entrará en proceso de negociación por medio de reuniones bilaterales, comités de medidas sanitarias y fitosanitarias, reuniones técnicas o comunicaciones oficiales.
  3. Una vez se encuentren concertados los requisitos para la exportación del producto de interés, la Autoridad Sanitaria del país importador notificará de manera oficial los requisitos de exportación los cuales serán aceptados por el ICA y se procederá a publicarlos en el aplicativo SISPAP.
  4. Finalmente, se notificará al interesado cuáles son los requisitos establecidos para ese producto, a través de los canales de comunicación del ICA.

Todas las solicitudes relacionadas con la administración del Talento Humano del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA se podrán radicar en el correo electrónico:  contactenos@ica.gov.co. 

El Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, por ser una entidad pública pertenece al Sistema General de Carrera Administrativa, por lo cual la provisión de los empleos de la planta de personal del Instituto debe realizarse únicamente por concurso abierto de méritos conforme a la Ley 909 de 2004 y demás normas concordantes.
 
Dado lo anterior lo invitamos a ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC www.cnsc.gov.co quien administra conforme a los parámetros de la ley, los concursos abiertos de mérito que adelantan las entidades del Estado, donde usted podrá subir su Hoja de Vida a la Plataforma SIMO, postularse a cualquiera de las convocatorias que se adelantan a la fecha, de acuerdo con su experiencia profesional y formación académica en alguna de las Entidades que sea de su interés.