¡Reforestadores! Es importante el registro ICA para plantaciones forestales comerciales

Registro ICA para plantaciones forestales comerciales
Registro ICA para plantaciones forestales comerciales
  • La resolución 071641 de 2020 establece los requisitos y los procedimientos para el registro de plantaciones forestales comerciales y la expedición de certificados de movilización de productos de transformación primaria obtenidos de las plantaciones forestales comerciales registradas en el territorio nacional. Consulte la norma aquí 
 
  • Conozca los requisitos para expedición actualización de registro de plantaciones forestales comerciales aquí
 
  • Actualmente, Colombia cuenta con 15.361 registros activos plantaciones forestales comerciales registradas ante el ICA, con un área total de 386.655 hectáreas.

Bogotá, D.C. 28 de marzo de 2022. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, les recuerda a los reforestadores del territorio nacional que registrar sus plantaciones forestales comerciales ante el ICA ayuda a prevenir la sanidad forestal, garantizar la legalidad de las mismas y obtener el certificado de movilización de productos forestales de transformación primaria.

Mediante la Resolución 071641 de 2020, la autoridad sanitaria estableció la obligación de que los reforestadores realicen la solicitud de registro ante la Gerencia Seccional del ICA con jurisdicción a la plantación forestal comercial, a través de la Ventanilla Única Forestal (VUF) o mediante los medios que el Instituto determine para tal fin.


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Registro ICA para plantaciones forestales comerciales


En este sentido, el ICA informa a los interesados que el registro aplica para toda persona natural o jurídica o patrimonio autónomo que pretenda cosechar:    
  • Cultivos o plantaciones forestales con fines comerciales
  • Sistemas agroforestales (SAF)
  • Plantaciones forestales con recursos del Certificado de Incentivo Forestal (CIF)
  • Barreras rompevientos y cercas vivas que sean parte de cultivos forestales, sistemas agroforestales y plantaciones con CIF.
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Registro ICA para plantaciones forestales comerciales
 
Para el trámite de registro de plantaciones forestales o sistemas agroforestales con fines comerciales ante el ICA tenga en cuenta: 
  • Los árboles que se soliciten para registro deben ser sembrados o establecidos con la mano del hombre.
  • No son objeto de registro árboles remanentes de bosque natural, regeneración natural, cercas vivas, barreras rompevientos, árboles de sombrío o árboles aislados, plantaciones forestales protectoras, plantaciones forestales protectoras-productoras, cuya competencia corresponde a la Corporación Autónoma Regional de la jurisdicción.
  • Así mismo los árboles de plantaciones forestales o sistemas agroforestales no serán objeto de registro si se encuentran en áreas forestales protectoras, áreas de manejo especial o cualquier otra categoría de manejo, conservación o protección que excluya dicha actividad, así como ecosistemas estratégicos, tales como páramos, manglares, humedales y coberturas vegetales naturales secas. Igualmente, si corresponden a plantaciones con fines de compensación.
El ICA reitera la invitación a todos los reforestadores que aún no registran su plantación a que realicen el trámite, ya que, de acuerdo con la norma, dentro de los dos años siguientes a su establecimiento, esta debe ser registrada.
Para el ICA es importante garantizar el registro y movilización legal de productos forestales maderables de transformación primaria, provenientes de las plantaciones forestales comerciales. Actualmente el país cuenta con aproximadamente 523.255 1hectáreas de plantaciones forestales comerciales.

 
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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 2021. Boletín Estadístico Forestal septiembre 2021

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