7,73% es el incremento para este año

Nuevas tarifas en los servicios técnicos del Ica

Mediante Resolución 4775, el Ica actualizó las tarifas de sus servicios técnicos.
Bogotá D.C., 6 de enero de 2009
 
El Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, modificó sus tarifas por concepto de prestación de más de 800 servicios técnicos con un incremento de 7,73 por ciento.


El gerente general del Ica, Andrés Fernández Acosta dijo que, “para el aumento de las tarifas se tuvo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE, para todos nuestros servicios adelantados en función del control técnico de la sanidad agropecuaria en el país”.
 
El funcionario dijo además que, “para el caso de las 42 tarifas correspondientes a los servicios de pesca y acuicultura, no se tendrá en cuenta este porcentaje de aumento sino lo dispuesto por el Acuerdo 15 de diciembre de 2007, que autoriza el incremento anual que es determinado por el salario mínimo legal diario vigente y decretado por el Gobierno cada año.”
 
Uno de los servicios más solicitados en el Ica es la expedición de la  guía sanitaria de movilización de animales, productos y subproductos por vehículo o a pie, sin tener en cuenta la cantidad ni la especie, la cual pasó de  5.000 a 5.400 pesos. Igualmente está el documento que acompañan los requisitos fitosanitarios para la importación de material vegetal para cualquier uso, el cual quedó en 45.200 pesos.
 
Por otra parte, la visita de un funcionario para la verificación y asistencia de las condiciones sanitarias de un establecimiento comercial en países de América, quedó entre 568 y 590 dólares por día; para Europa 613 dólares y en Asia y Oceanía de 636 dólares.
 
Igualmente, se ajustaron las tarifas de toma de muestras para el diagnóstico de brucelosis de acuerdo con el número de animales atendidos, así: de 1 a 10   animales 2.800 pesos por cada uno, después de 10 animales se cobrará 28.000 pesos por los 10 primeros y 1.200 pesos animal adicional, de 21 a 50 animales 39.900 pesos por los primeros 20 animales y 1.100 pesos por animal adicional y para más de 50 animales 70.000 pesos por los primeros 50 animales y 970 pesos por animal adicional.  Para el caso de la prueba de tuberculina, esta tendrá un costo de 11.900 pesos por animal. 
 
Entre otros servicios están el registro de insumos pecuarios, conceptos técnicos de insumos pecuarios y la supervisión de la calidad de los alimentos para animales nacionales o importados; análisis de laboratorio de insumos pecuarios; supervisión y análisis de calidad de la vacuna antiaftosa y de estomatitis vesicular; registros de fincas productoras de bovinos, ovinos, caprinos y bubalinos para sacrificio con destino a la exportación e inscripción de establecimientos para exportar a Colombia animales vivos, sus productos u otros de riesgo.
 
Expedición de documentos zoosanitarios para importación; certificado de inspección sanitaria portuaria de las importaciones y exportaciones; visitas de certificación sanitaria a peces ornamentales en las bodegas-exportación, visitas a animales acuáticos importados y cuarentenas a nivel de fincas de animales importados.
 
Servicios en el Puesto Cuarentenario de San Jorge, en Soacha Cundinamarca, para animales importados o exportados; sanidad portuaria animal; análisis de laboratorio de diagnóstico veterinario; sistema de autorización de la protección a la producción agropecuaria; registro, pruebas de evaluación agronómica, inscripción de cultivares comerciales y análisis de laboratorio de semillas; certificación de semillas para inscripción del campo de multiplicación sometida a análisis de calidad; protección a los derechos de los obtentores de variedades vegetales; inscripciones y registros de exportador-importador de especies de plantas ornamentales.
 
Importaciones, expedición de documentos con requisitos fitosanitarios; seguimiento post-entrada de material vegetal de propagación asexual y sexual que se importe; licencias fitosanitarias de movilización de material vegetal y expedición de registros y análisis en el Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas.
 
Lo anterior, fue establecido mediante Resolución Ica 4775 y rige desde el 1 de enero de 2009.
 
 

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