Visitas de monitoreo y control del Moko del plátano, realiza el ICA en Guainía

Actividades de seguimiento y control a los cultivos de plátano
  • El Moko del plátano, es una enfermedad que destruye los racimos de las plantas e impide que estas cumplan con su ciclo vegetativo, causando pérdidas en la producción y altos costos de erradicación y cuarentenas vegetales. 
  • Ralstonia solanacearum, es una bacteria del suelo, determinante en la colonización de la enfermedad del Moko en los cultivos de plátano.

Inírida, 05 de septiembre de 2017. Con el propósito de controlar las plantaciones que habían sido diagnosticadas con la bacteria Ralstonia solanacearum, causante de la enfermedad del Moko, el ICA adelantó nuevas actividades de seguimiento y control a los cultivos de plátano ubicados en las veredas Cejal, Viejitas, Jején y La Rompida, ubicadas en la cuenca baja del río Guaviare, jurisdicción del Guainía.

Estas acciones de seguimiento que realiza el Instituto, están encaminadas al control y  mantenimiento del estatus fitosanitario, en las zonas en donde se eliminaron las plantas con sintomatología de la enfermedad.

Fueron revisados ocho predios equivalentes a 12,5 hectáreas y en las que, en visitas anteriores, se había erradicado un total de casi media hectárea infectada con el Moko; de esta manera, se constató la ausencia de la enfermedad en los cultivos.

Cabe destacar que estas labores de inspección, vigilancia y control, así como las segundas visitas y actividades de educomunicación que hace el Instituto en los predios, adquieren un valor significativo para los productores, ya que así es como ellos adquieren las bases para producir plátano sano, inocuo y de calidad,” puntualizó Julio César Domínguez, gerente seccional del ICA en Guainía.

Así mismo, el gerente seccional manifestó que la ausencia del Moko en el lugar, y el manejo cultural que le están dando los productores a los cultivos de plátano, evidencia que la gestión de la Entidad ha sido bien recibida.

Finalmente, se recordó a los productores la importancia de informar ante la oficina más cercana del ICA, la presencia de Moko en los cultivos e irregularidades en las plantas, ya que así lo establece el artículo 7 de la Resolución 003330 del 2013.

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