Nivel Adecuado de Protección Sanitaria
Designa el nivel de protección considerado adecuado por el país que establece una medida sanitaria para proteger la vida o la salud de los animales y de las personas en su territorio. (OIE, Codigo Terrestre, Cp 1.1)
Norma
Documento establecido por consenso y aprobado por un organismo reconocido, que proporciona, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para actividades o sus resultados, con el fin de conseguir un grado óptimo de orden en un contexto dado [FAO, 1995; definición de GUÍA ISO/IEC 2:1991].
Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias
Norma internacional adoptada por la Conferencia de la FAO, la Comisión Interina de Medidas Fitosanitarias o la Comisión de Medidas Fitosanitarias, establecida en virtud de la CIPF [CEMF, 1996; revisado CEMF, 1999].
Normas Internacionales
Normas internacionales establecidas de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 del Artículo X [CIPF, 1997; aclaración, 2005].
Normas Regionales
Normas establecidas por una Organización Regional de Protección Fitosanitaria para servir de guía a sus miembros [CIPF, 1997; aclaración, 2005].
Notificación
Designa el procedimiento por el que: a.la Autoridad Veterinaria comunica a la Oficina Central, b.la Oficina Central comunica a las Autoridades Veterinarias un brote de enfermedad o de infección, según lo dispuesto en el Capítulo 1.1. del Código Terrestre, OIE.
Oficial
Establecido, autorizado o ejecutado por una Organización Nacional de Protección Fitosanitaria [FAO, 1990].NIMF n. 5 (2009)
Oficina Internacional de Epizootias - OIE
Se ocupa de las normas internacionales en materia de sanidad animal.OIE - Código Sanitario 2009
ONPF
Organización Nacional de Protección Fitosanitaria [FAO, 1990; revisado CIMF, 2001].NIMF n. 5 (2009)
Organismo
Entidad biótica capaz de reproducirse o duplicarse en su forma presente naturalmente [NIMF n.º 3, 1996; revisado NIMF n.º 3, 2005].NIMF n. 5 (2009)