28 de septiembre de 2017 El ICA autorizó la concentración de animales dentro de la zona de contención El gerente general y ganaderos del departamento de Boyacá La medida fue anunciada por el gerente general del ICA a ganaderos de Boyacá y Cundinamarca, líderes campesinos, gobierno departamental y asociaciones de ganaderos Ver Resolución: Resolucion-11892 Bogotá, 28 de septiembre de 2017. Atendiendo la solicitud de los ganaderos y con el fin de proteger la economía de los departamentos de Arauca, Boyacá, Cundinamarca y 2 municipios de Casanare, incluidos dentro de la zona de contención, el ICA autorizó los eventos de concentración de animales que estaban prohibidos inicialmente. Cabe señalar que dentro de la zona de contención, que incluye 238 municipios, está permitido el comercio de ganado, leche, quesos, carnes y otros subproductos de origen animal. Con esta decisión, el ICA busca dinamizar la economía de esta gran zona que fue aislada del resto del país, con el fin de recuperar el estatus sanitario de libre de fiebre aftosa con vacunación. Esta decisión fue comunicada a los ganaderos de Boyacá y Cundinamarca, comercializadores de carne y leche, dirigentes campesinos, gobierno departamental, durante la reunión presidida por el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture en la sede el ICA gerencia general. “Escuchamos atentamente las inquietudes de los ganaderos y les explicamos las razones técnicas de esta medida. Somos conscientes de que muchas familias derivan sus ingresos de esta actividad y por esta razón, eliminamos la restricción para las concentraciones de animales y en adelante quedan permitidas dentro de la zona de contención, medida que fue respaldada por los ganaderos de Boyacá y Cundinamarca”, indicó el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture. Es así como a través de la resolución 11892 del 28 de septiembre de 2017, el ICA modifica el artículo 6 de la resolución 11595 del 22 de septiembre de 2017 y autoriza la concentración de equinos, siempre y cuando no correspondan a equinos de vaquería, eventos de lidia a muertes, eventos de coleo y eventos de concentración de animales que sean exclusivamente de influencia local, es decir, en la zona de contención. La zona de contención determinada por el ICA está compuesta por 238 municipios de los departamentos de Arauca, Boyacá, Casanare y Cundinamarca, así: La totalidad de los 7 municipios del departamento de Arauca. 118 municipios de los 123 de Boyacá, exceptuando Puerto Boyacá, Covarachía, Santana, Chitaraque y San José de Pare. 2 de los 19 municipios de Casanare, es decir que dentro de la zona de contención están los municipios de La Salina y Sácama. 111 de los 117 municipios de Cundinamarca, exceptuando Puerto Salgar, Medina, Paratebueno, 33 veredas de Yacopí, 74 veredas de Caparrapí y 31 veredas de Guaduas. Las siguientes medidas siguen vigentes para la zona de contención: La movilización de los animales puede hacerse libremente dentro de la zona de contención, con la respectiva guía sanitaria de movilización interna de animales. Queda prohibida la salida de animales vivos de la zona. El sacrificio de los animales sólo puede hacerse en las plantas de beneficio o mataderos de la zona de contención. La carne y sus productos, al igual que la leche y sus productos que salgan de la zona, deben ser sometidas a procesos especiales que garanticen la destrucción del virus de la fiebre aftosa. Se establecerán más de 60 puestos de control distribuidos en toda la zona. Archivos para prensa y medios de comunicación Descargue aquí audio: Declaraciones-gerente-ICA_1