16 de junio de 2011
El documento se encuentra en consulta pública:
Proyecto establece requisitos para áreas productoras de semilla de caucho
- El texto estará a disposición de la opinión pública durante dos meses, lapso durante el cual se recibirán los aportes que permitan elaborar la Resolución definitiva.
Bogotá, D.C., 16 de junio de 2011. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, puso en consulta pública el proyecto de Resolución que establece los requisitos para el registro de áreas productoras de semilla sexual y/o de material vegetal de propagación de Caucho Natural (Hevea brasiliensis M).
El texto del mismo estará disponible durante dos meses, hasta el próximo 15 de agosto, lapso durante el cual se recibirán los aportes que permitan elaborar la Resolución definitiva, la cual entrará a derogar la 1478 de 2006.
El ICA tomó la decisión de modificar la normatividad al respecto, dado su papel como responsable de la adopción de medidas necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, así como de ejercer el control técnico en la producción y comercialización de semillas para siembra, y en procura de planificar y ejecutar acciones que protejan la producción agropecuaria de plagas y enfermedades.
En este caso, determinó necesario establecer normas específicas que regulen las áreas destinadas a la producción y comercialización de clones en jardines clonales y viveros de propagación de caucho natural, así como generar estrategias sobre el control de trazabilidad e inocuidad, con el fin de garantizar la identidad y la calidad de la semilla sexual y del material vegetal de propagación.
El propósito de la Resolución, que se encuentra en proceso de elaboración, es establecer los requisitos para el registro de las áreas productoras de este tipo de semillas con el fin de garantizar la calidad física fisiológica, sanitaria y genética que debe cumplir toda semilla sexual y material vegetal de propagación que se utilice para siembra.
Las disposiciones de la nueva normatividad aplicarán a todas las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la producción y/o comercialización de este material, y se establecen dos sistemas: semilla sexual (germinada y no germinada) y semilla asexual (el que se podrá comercializar en forma de stumps).
Los interesados en poner a consideración sus aportes pueden hacerlo a través de la página web del ICA (
www.ica.gov.co) en el link de consulta pública.