Animal infectado por alguno de los agentes patógenos que figuran en la lista de la OIE.
Sigla para “centro nacional de investigación para la caña de azúcar de colombia”.
Cultivo puro de un clon o raza de una especie debidamente identificado y caracterizado al cual se le atribuye una acción biológica definida, que se utiliza para iniciar procesos de multiplicación masiva y como material de referencia en el control de calidad de bioinsumos.
Documento que indica las características físicas, químicas, biológicas y microbiológicas garantizadas en un material de referencia o un producto Bioinsumo o Extracto Vegetal de uso agrícola. Debe estar debidamente diligenciado por la entidad o laboratorio que lo emite, citando el (los) método(s) analítico(s) utilizado(s).
Documento oficial que el instituto colombiano agropecuario otorga a las fincas libres de brucelosis bovina.
Documento oficial expedido por la autoridad competente del país exportador mediante el cual se acredita que las plantas, productos vegetales o agentes de control biológico, según el caso, cumplen con los requisitos sanitarios establecidos por el país importador (Ica. Resolución 431/96).
Es el documento oficial expedido por el profesional de cuarentena vegetal del Ica con base en el concepto técnico previa inspección del cargamento y mediante el cual se constata que este ha cumplido con los requisitos fitosanitarios exigidos y que por lo tanto, no constituye riesgos para la sanidad agropecuaria del país.
Propagación vegetativa.
Referente a la importación, la exportación y el tránsito de mercancías.
Conjunto de medidas zoosanitarias que tienen por objeto disminuir la incidencia o prevalencia de una enfermedad o plaga de los animales en un área geográfica determinada.