• Ley 84 de 1989. “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia.”
  • Ley 1774 del 2016. "Por medio de la cual se modifican el código civil, la ley 84 de 1989, el código penal, el código de procedimiento penal y se dictan otras disposiciones". Artículo 1°. Objeto. Los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.
  • Decreto 2113 del 2017.  "Por el cual se adiciona un Capítulo al Título 3 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural". Capítulo. 5 bienestar animal para las especies de producción en el sector agropecuario. Artículo 2.13.3.5.1. Objeto: El Presente Capítulo tiene por objeto las disposiciones y requerimientos generales el Bienestar Animal en las especies de producción del sector agropecuario.
  • Resolución 153 del 2019 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por el cual se crea y se reglamenta el Consejo Nacional de Bienestar Animal y el Comité Técnico Nacional de Bienestar Animal”.
  • Resolución 136 del 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por el cual se adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producción en el sector agropecuario para las especies Équidas, Porcinas, Ovinas y Caprinas”.
  • Resolución 253 del 2020 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por el cual se adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producción en el sector agropecuario para las especies Bovina, Bufalina, Aves de Corral y Animales Acuáticos”.
  • Ley 1955 de 2019 DNP. Artículo 324. Bienestar Animal. “Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2018-2022 “pacto por Colombia, pacto por la equidad” - ARTÍCULO 324º. POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE ANIMALES DOMÉSTICOS Y SILVESTRES. El Gobierno nacional, bajo el liderazgo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con la participación del Ministerio de Salud y la Protección Social, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio del Interior, Departamento Nacional de Planeación y demás entidades competentes, formulará la Política Nacional de Protección y Bienestar de Animales Domésticos y Silvestres.
  • Resolución 204 de 2022 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por la cual se adopta el Manual de Bienestar Animal en la producción de codornices, patos, pavos, gansos y avestruces en el sector agropecuario”
  • Resolución 000205 de 2022 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por la cual se adopta el Manual de Bienestar Animal en la producción de conejos y/o cuyes en el sector agropecuario”
  • Resolución 000206 de 2022 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. “Por la cual se adopta el Manual de Bienestar Animal en la cría de abejas (Apis mellifera) en el sector agropecuario”
  • Resolución 20223040006915 de 2022 del Ministerio de Transporte e ICA. “Manual de Procedimientos para el transporte, manejo y movilización de Animales en Pie y se dictan otras disposiciones”