De acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Resolución ICA No. 75495 de 2020 modificada por la resolución 1390 de 2024 en el literal 28.1.9., el ICA asumirá la totalidad de los costos de los análisis diagnósticos realizados en los laboratorios oficiales, bajo el objeto de “análisis saneamiento” soportados con el acto administrativo de cuarentena.

Así mismo de acuerdo a lo establecido por la resolución ICA 1390 de 2024 en el literal 28.2.7., para los productores que se acojan a la medida de Intervención Sanitaria, los costos de los muestreos de los animales deberán ser asumidos por el propietario.
 
Adicionalmente, el parágrafo 1 del artículo 1 de la Resolución ICA No. 97679 de 2021 establece que el ICA asumirá los costos del procesamiento y análisis por la prueba de ELISA Competitiva de las muestras de suero sanguíneo que resulten sospechosas o positivas a la prueba de Fluorescencia Polarizada, sin importar el objeto de análisis.