01 de septiembre de 2016
Viveros de especies ornamentales deben ser registrados ante el ICA
Valledupar, 31 de agosto de 2016. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, les recuerda a todos las personas naturales o jurídicas que se dedican a la distribución de material de propagación de ornamentales en el Cesar, que deben registrar sus predios ante el ICA, según lo establecido en la Resolución ICA 0492 de 2008.
Esta medida permite tener un mayor control de los viveros, mejorar la calidad y por su puesto la producción de los cultivos, y realizar un control fitosanitario para la detección temprana de plagas y enfermedades que atacan los cultivos, y de esta manera efectuar un manejo oportuno de las mismas.
“La invitación es a que los viveristas se registren ante el ICA y que cumplan con las normatividad y de esta manera podamos fortalecer la producción de ornamentales. Las personas que no se registren son susceptibles de sanciones” señaló, Rafael Murgas Arzuaga, gerente del ICA en el Cesar.
Para el registro del vivero los interesados deben acercarse a la oficina local del ICA más cercana con los siguientes documentos:
ü Nombre del propietario, documento, de identidad o NIT, dirección, teléfonos, fax, correo electrónico y representación legal.
ü A Acreditación de propiedad o tenencia del suelo.
ü Nombre del predio, detallando ubicación, municipio, vereda, especies y extensión del área cultivada por especie.
ü Croquis con la ubicación del predio o vivero.
ü Recibo de pago expedido por el ICA, de acuerdo a la tarifa establecida.