El ICA ajustó, los requisitos para el registro de plaguicidas y bioinsumos de uso agrícola en ornamentales


Bogotá, 23 de marzo de 2016. Los requisitos sobre el registro o ampliación de uso de plaguicidas químicos y bioinsumos de uso agrícola para el control de plagas en cultivos ornamentales, fueron adecuados al principio de agrupación por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, mediante resolución 1418 de febrero de 2016.
 
“Los cultivos ornamentales hacen parte de los renglones de exportación del país y tienen una oferta sostenida y de calidad para los mercados internacionales, ya que requieren cumplir con estándares de buenas prácticas agrícolas y requisitos de los importadores, para lo cual se hace necesaria la adopción de medidas que faciliten la ampliación hacia toda la gama de especies ornamentales”, indicó Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente general del ICA.
 
El funcionario agregó que es función del ICA ejercer el control técnico de los insumos agropecuarios y expedir el complemento mínimo necesario de la norma andina para el registro de los que se importen, exporten, produzcan, comercialicen, y utilicen en el territorio nacional, de acuerdo con los niveles de riesgo para la salud humana, la sanidad animal y la sanidad vegetal, en el caso de los ornamentales.
 
La resolución puede ser consultada en la página web del ICA: www.ica.gov.co y   contiene los requisitos para los plaguicidas químicos de uso agrícola, los boinsumos de uso agrícola y el trámite para la expedición del registro.
 
 
Datos de interés:
 
  • Las especies ornamentales son aquellos vegetales cultivados con destino a flor cortada, material vegetal de propagación, follajes o plantas de ornato.
 

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