14 de octubre de 2011
Granjas avícolas deben implantar medidas de Bioseguridad
ICA impuso multas a avicultores en Boyacá
La Influenza Aviar, el Newcastle y la Salmonelosis, entre otras enfermedades, pueden ocasionar pérdidas económicas a los criadores de aves y perjudicar el acceso de la producción avícola del país a los mercados internacionales.
Bogotá, octubre 14 de 2011. En las últimas semanas, un total de 193 granjas avícolas ubicadas en Boyacá han sido sancionadas con multas por la Gerencia Seccional del Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Lo anterior, debido a la no inscripción de sus planes graduales de cumplimiento para la adopción de normas sanitarias expedidas por esta entidad, referentes a las medidas de bioseguridad que deben ser implementadas en todos los planteles avícolas comerciales que operan en el territorio nacional.
Tales medidas corresponden a lo estipulado en la Resolución ICA No. 1183 de 2010, por la cual fueron establecidas normas de bioseguridad que es necesario que las granjas avícolas comerciales cumplan, entendiendo por comerciales todos los establecimientos avícolas cuya infraestructura permita alojar un número superior a 200 aves.
Dichas medidas tienen como objetivo prevenir el ingreso o propagación en los planteles avícolas de los agentes patógenos causantes de enfermedades como la Influenza Aviar, el Newcastle, la Salmonelosis y otras, las cuales pueden ocasionar pérdidas económicas a los criadores de aves y perjudicar el acceso de la producción avícola del país a los mercados internacionales.
En Boyacá, 25 granjas ya acreditaron el cumplimiento satisfactorio de todas las medidas y recibieron la respectiva certificación por parte del ICA, mientras que otras 74 inscribieron sus planes de cumplimiento gradual ante la entidad, los cuales constituyen una alternativa ofrecida por el ICA, cuyo plazo de cumplimiento se amplió hasta el 30 de noviembre próximo.
En la actualidad, el ICA y Fenavi se encuentran adelantando una intensa programación de visitas a las granjas con Plan de Cumplimiento Gradual inscrito, con el fin de realizar las auditorías para verificar la observancia de las normas.
Las granjas sancionadas merecieron las acciones administrativas aplicadas por el ICA al no inscribir ante la entidad los Planes Graduales de Cumplimiento, y en consecuencia deberán cancelar multas que oscilan entre los dos y los 10 salarios mínimos mensuales vigentes (SMMV), dependiendo de su capacidad de encasetamiento.
En todo caso, los pagos de tales multas no eximen a los avicultores sancionados de su obligación de poner en práctica las normas contenidas en la citada Resolución ICA No. 1183 de 2010, respecto de lo cual tendrán un plazo adicional de 10 días para, al menos, inscribir su Plan de Cumplimiento Gradual, que de no ser atendido podría hacerlos sujetos de un nuevo proceso sancionatorio.
Es de anotar que acciones similares están siendo adelantados por el ICA en los restantes departamentos del territorio nacional.