12 de febrero de 2018
El ICA emite resolución para inicio de temporada algodonera en el Huila
- Para el 2018 el Huila tiene proyectado sembrar 500 hectáreas de algodón
- La fibra de algodón del Huila se comercializa en la industria textil nacional.
- El 30 de septiembre es la fecha límite para el recibo de algodón semilla en las desmotadoras.
- El periodo de veda, va del 01 de noviembre del 2018 al 31 de enero del 2019.
Neiva, 12 de febrero de 2018. Mediante la resolución ICA 00020336 del 07 de febrero del 2018, el ICA dio a conocer el periodo de siembra de algodón en el Huila. Las fechas establecidas serán desde el 8 de febrero hasta el 23 de marzo del 2018, y se desarrollarán en toda la zona algodonera del departamento, que comprende los municipios de Neiva, Aipe, Villavieja, Tello, Baraya, Palermo, Rivera, Campoalegre, Hobo, Yaguará, Tesalia, Garzón y Altamira.
En la misma resolución se encuentran fijadas las fechas para el registro de agricultores, venta de semilla, destrucción de socas, periodo de veda y otras disposiciones para la temporada algodonera del Huila.
Durante el 2017 en esta zona del país se cosecharon alrededor de 300 hectáreas de algodón, logrando una producción de 324.439 kilogramos de fibra.
Así mismo, a fin de garantizar la sanidad fitosanitaria del cultivo, el ICA en el Huila durante el 2017, realizó permanente monitoreo y vigilancia a la totalidad de áreas sembradas, con el objetivo de controlar el picudo, la mosca blanca y los trips, que actualmente son las plagas más limitantes en esta zona del país.
Para controlar estas plagas el ICA recomienda sembrar semillas y destruir socas en las fechas establecidas por el Instituto. Dentro de este manejo, también es importante la instalación del control etológico, manejo de densidades de siembra adecuadas y realizar controles biológicos o químicos según el monitoreo de la plaga.
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en el capítulo 10 del título I, de la parte 13 del decreto 1071 de 2015, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.