El ICA socializó con productores del Cesar, las disposiciones para la temporada algodonera 2018 – 2019

Funcionarios del ICA exponen resolución a los productores de algodón del Cesar.

 


Valledupar, 06 de septiembre de 2018. Con el ánimo de adoptar las acciones y disposiciones para la prevención, erradicación o el manejo de enfermedades que puedan afectar a las plantas de algodón, el ICA socializó con los productores del Cesar, la Resolución 028027 de 2018, en la cual se fijan las fechas de registro de agricultores, venta de semillas, siembras, destrucción de socas y periodo de veda, entre otras disposiciones para la temporada algodonera 2018 – 2019.

De esta manera, el ICA expuso que toda persona natural o jurídica que se dedique al cultivo de algodón, deberá registrarse a través de su agremiación e indicar el lote sembrado, acompañado de su respectiva georreferenciación y con un archivo de medición.

La fecha que establece la Resolución 028027 para la venta de semillas certificadas con destino a la siembra de cultivos comerciales y para la siembra de algodón de la temporada 2018-2019 en el departamento del Cesar, será del 16 de julio hasta el 15 de septiembre de 2018.

En cuanto a la fecha de recibo de algodón semilla en las desmontadoras, será a partir del 02 de enero, hasta el 30 de marzo de 2019 y se establecieron las siguientes etapas para la destrucción de socas de algodón y de los cultivos abandonados para la temporada algodonera:
 
  • 30 de marzo de 2019 como fecha límite para la destrucción de las plantas de algodón, inmediatamente se termine la recolección de cada lote por medios mecánicos.
  • 30 de abril de 2019 como fecha límite para la destrucción de los rebrotes, plantas espontáneas y/o chapolas que hayan germinado.
Así mismo, el periodo de veda será establecido desde el 1 de mayo al 20 de julio de 2019, tiempo durante el cual se prohíbe la siembra de algodón, la existencia de socas, plantas de cultivo de algodón y cultivos de algodón abandonados.

Finalmente, los funcionarios del ICA explicaron las obligaciones generales que deben cumplir las personas a quienes les aplica lo establecido en esta resolución, las cuales consisten en cumplir con la normatividad establecida por el ICA y con el plan nacional para el establecimiento, mantenimiento, declaración y reconocimiento de áreas libres y de baja prevalencia del picudo algodonero, formulado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el ICA y Conalgodón, entre otras obligaciones.

“Como autoridad fitosanitaria, es deber del Instituto Colombiano Agropecuario establecer las normas encaminadas a la regulación, prevención, control y erradicación de las plagas o enfermedades que puedan afectar la producción algodonera del Cesar, es por esto que estamos construyendo país mediante el trabajo conjunto con los productores agrícolas, para cultivar y cosechar productos sanos e inocuos que no afecten la salud del consumidor”, explicó Rafael Murgas Arzuaga, gerente seccional del ICA en el Cesar.

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