23 de octubre de 2015
Sanidad animal
El ICA establece 124 enfermedades que afectan la producción pecuaria, las cuales tienen que ser declaradas obligatoriamente
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Las enfermedades de control oficial por parte del Instituto siguen siendo las mismas
Bogotá, 23 de octubre de 2015. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, estableció, según la especie animal, el listado de las enfermedades, infecciones e infestaciones de animales de declaración obligatoria en Colombia.
Cabe señalar que en Colombia hay otras enfermedades que afectan la producción pecuaria que son de control oficial, para las cuales el ICA adelanta actividades de vigilancia, inspección y control, entre las que están fiebre aftosa, brucelosis, tuberculosis, rabia bovina, Newcastle, PPC, entre otras.
La disposición fue adoptada a través de la resolución 3714 de 2015 que contempla 124 enfermedades cuya presencia debe ser notificada a la oficina del ICA más cercana, al epidemiólogo de la zona de la jurisdicción o a la Dirección Técnica de Vigilancia Epidemiológica a nivel nacional, con el fin de realizar la verificación respectiva.
“El ICA es el responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país cumpliendo con las normas de referencia internacional, con el fin de prevenir la introducción y/o propagación de enfermedades que puedan afectar a los animales de importancia económica y social”, afirmó Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente general del ICA, quien agregó que “Colombia como país miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal, acoge la lista de enfermedades, infecciones e infestaciones de la lista vigente de la OIE”.
Dentro del listado están las enfermedades, infecciones e infestaciones comunes a varias especies, enfermedades e infecciones de los bovinos, enfermedades e infecciones de los ovinos y caprinos, enfermedades e infecciones de los équidos, enfermedades e infecciones de las aves, enfermedades e infecciones de los cerdos domésticos, jabalíes y sus parientes más cercanos (suidos) enfermedades e infecciones de los conejos y las liebres, enfermedades, infecciones e infestaciones de las abejas, enfermedades de los peces, enfermedades de los moluscos, enfermedades de los anfibios, enfermedades de los crustáceos.
Las personas naturales o jurídicas que posean a cualquier título animales o los comercialicen, a los médicos veterinarios, así como los laboratorios que tengan conocimiento del diagnóstico positivo de alguna de las enfermedades, infecciones e infestaciones de las especies están en la obligación de notificar por medio escrito o digital a las oficinas del Instituto Colombiano Agropecuario, incluyendo los siguientes datos:
Fecha de la notificación, nombre de quien notifica, nombre del predio y de su propietario, poseedor o tenedor, ubicación del predio (departamento, municipio, dirección), la especie diagnosticada como positiva a alguna de las enfermedades, infecciones e infestaciones, total de animales expuestos, total de animales examinados, total de animales enfermos, total de animales muertos y la enfermedad diagnosticada, y adjuntar el resultado de laboratorio.
Entre las enfermedades que tienen que ser declaradas al ICA están:
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Carbunco Bacteridiano
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Cowdriosis
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Encefalitis japonesa
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Fiebre azul
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Diarrea viral bovina
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Viruela ovina y viruela caprina
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Muermo
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Enfermedad hemorrágica epizoótica
Datos de interés:
Las enfermedades de control oficial continúan siendo las mismas:
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Fiebre Aftosa.
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Estomatitis vesicular (EV)
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Brucelosis bovina (Brucella abortus).
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Tuberculosis bovina (Mycobacterium bovis).
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Rabia silvestre.
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Encefalitis Equina Venezolana (EEV)
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Enfermedad de Newcastle.
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Salmonelosis aviar (Pulorosis: Salmonella pollorum, Tifosis aviar: Salmonella gallinarum).
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Peste Porcina Clásica (PPC)