Concepto Jurídico
Publicación: 27 de marzo de 2024 | Expedición: 19 de febrero de 2024
Observación: La cancelación de actividad de producción registro de insumos agrícolas o establecimientos de comercio de insumos agropecuarios puede darse por las siguientes vías: 1)Por solicitud del titular del registro. 2)Por orden de autoridad judicial o administrativa o administrativa competente. 3)Como consecuencia de una sanción administrativa, caso en el cual debe surtirse el debido proceso administrativo sancionatorio agotando todas las etapas del mismo y contar con una resolución en firme que disponga como sanción la cancelación de la actividad. Pese a lo anterior puede darse la pérdida del registro de actividad de insumos agrícolas o establecimientos de comercio de insumos agropecuarios por los siguientes casos: 1)De pleno derecho por incumplimiento de la disposición positiva o escrita que establezca una condición resolutoria para mantener o actualizar el registro, caso en el cual se debe elaborar acto administrativo que señale la condición establecida en la regulación, el incumplimiento a la condición y la consecuente decisión de pérdida de registro de actividad que extingue el derecho. 2)Excepcionalmente, como medida sanitaria o fitosanitaria debidamente motivada donde se acredite la justificación de la necesidad de intervención como medida de seguridad ante la ocurrencia o riesgo sanitario o fitosanitario de alto impacto para la sanidad animal o vegetal, o para proteger la vida y la salud de las personas de los riesgos resultantes de aditivos, contaminantes, toxinas u organismos patógenos en los vegetales y animales que hacen parte de la producción primaria con destino al consumo humano. En todos los casos, se considera necesario elaborar un acto administrativo debidamente motivado en el que se deben identificar las causas específicas definidas en la regulación, y, al ser un acto que extingue derechos se deben otorgar los recursos de Ley toda vez que con este acto administrativo finalizaría cualquier actuación frente al registro objeto de la decisión, es decir se convierte en un acto definitivo.