Registro del viajero y solicitud de inspección ante el ICA


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Los usuarios interesados en salir de Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o transportados en la modalidad de carga, deberán realizar el siguiente proceso de registro y solicitud: 

1. Registrarse como usuario ICA realice click
AQUI, y a través de correo electrónico recibirá el usuario y contraseña de acceso al sistema; proceso que es requerido para iniciar la solicitud de Pre CIS, la cuál debe ser tramitada con su Médicos Veterinarios y/o los Médicos Veterinarios Zootecnistas registrado ante el ICA. Si al momento del registro es sistema arroja mensaje error o que ya se encuentra registrado, debe comunicarse con: direccion.logistica@ica.gov.co; hector.mora@ica.gov.co; oscar.menjura@ica.gov.co

2. Para la elaboración de las solicitudes de los Certificados de Inspección Sanitaria, CIS, el proceso deberá realizarse a través del Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios, SISPAP del ICA. Los Médicos Veterinarios y/o los Médicos Veterinarios Zootecnistas que realizan los exámenes clínicos a sus mascotas deben diligenciar la información requerida en este aplicativo y adjuntar los documentos requeridos y exigidos por las entidades oficiales del país de destino.

Notas:

  • En caso de viajar con animales de diferentes especies (perro y gato) deberá realizar una solicitud por cada una.

  • En caso de viajar con 2 o más animales de la misma especie (perro o gato) podrá realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud).

3. Una vez realizado el tramite de la solicitud del CIS, el Médico Veterinario y/o el Médico Veterinario Zootecnista, debera tomar nota del número asignado a la solicitud ID, para ser entregado al usuario.

4. ​Posteriormente los usuarios deben realizar el pago de la solicitud, para lo cúal se puede proceder a través de las siguientes opciones:

  • ​​PAGO PSE: Deberan ingresar al SISPAP, con el usuario y contraseña asignados, buscar los tramites pendientes por pagar y realizar el pago en línea por el servicio solicitado e imprimir el Pre CIS y el soporte de pago.

  • ​PAGO CON TARJETA DEBITO O CREDITO: Realizar el pago directamente en la oficina ICA del Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF).

5. Expedición Del Certificado De Inspección Sanitaria

El usuario interesado en salir desde Colombia con su perro o gato, debe acercarse a la oficina ICA del Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF) en compañía de la mascota para la respectiva inspección documental y física del animal. En el caso que el propietario de la mascota NO pueda realizar los trámites directamente ante el ICA, lo podrá realizar a través de un tercero, el cual debe estar previamente autorizado con una declaración extra juicio por parte del propietario de la mascota. 

Notas: 
Se recomienda hacer este proceso dentro de los 5 días anteriores al viaje, teniendo en cuenta las consideraciones y exigencias adicionales que puedan existir según el país de destino.

Puntos y horarios de atención:

  • Para conocer la ubicación de las oficinas ICA de los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos, horarios de atención y  realizar consultas  remitirse a: https://www.ica.gov.co/areas/proteccion-fronteriza/directorio-papf

  • Para la salida de mascotas, el CIS puede ser tramitado en las ciudades donde el ICA disponga de oficinas PAPF (Puertos, Aeropuertos y pasos fronterizos) previo cumplimiento de los requisitos exigidos por el país de destino.

Proceso:
5.1. Inspección Documental: 

Al momento del trámite el propietario o responsable de la mascota debe presentar al funcionario ICA del PAPF (Puertos, Aeropuertos y pasos fronterizos) la siguiente documentación:
a. Copia de Pre CIS y el comprobante de pago del servicio

b.  Certificado Sanitario (Original y copia) 

Expedido por un Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista, con el cúal se ha realizado el proceso, donde aparezca la firma y número de matrícula profesional expedida por COMVEZCOL , con fecha de expedición no mayor a cinco (5) días calendario previos a la salida de los animales, en el cual se debe certificar:

  • Características del animal: Especie, raza, sexo, edad, peso, color del pelaje .

  • Todos los perros menores de doce (12) meses de edad que vayan a ser exportados por cualquier tipo de usuario, deben estar identificados por medio de microchip que pueda ser leído por un dispositivo de lectura compatible con la tecnología HDX o FDX-B (microchip de 15 dígitos). El número del microchip será registrado en el CIS. En caso de que la mascota cuente con varios microchips, éstos deberán quedar registrados en el CIS.

  • Que al animal se le haya realizado un examen clínico y que al momento de realizar el mismo, el animal no haya presentado signos compatibles con enfermedades infectocontagiosas transmisibles o parasitarias, y no presente heridas recientes, suturas o lesiones en fase aguda. En caso de las hembras gestantes se deberá indicar su tiempo aproximado de gestación y el concepto veterinario sobre su viabilidad y conveniencia de traslado.

  • El animal recibió antes del viaje un tratamiento antiparasitario interno y externo antes del viaje , administrado de acuerdo con las exigencias del país de destino, con productos que estén debidamente autorizados en Colombia, indicando:

    • Nombre del producto

    • Número de lote

    • Principio activo

    • Fecha de administración.

Nota: La edad registrada en el certificado debe corresponder a la edad cronológica del animal.

c. Certificación de vacunación vigente (Original y copia) 
De acuerdo con la especie y edad del animal, dando cumplimiento con el plan vacunal exigido por el país de destino, en el que se especifique:

  •  Nombre del producto

  • Número de lote

  • Fecha de administración

  • Fecha de revacunación o vigencia.

 Notas:

  • Todos los perros o gatos que salgan del país deben tener sus vacunas vigentes, aplicadas en los tiempos exigidos por las autoridades sanitarias del país de destino y se deberán cumplir los periodos de tiempo establecidos para su movilización después de su aplicación, así como el resto de requisitos sanitarios exigidos.

  • Para la emisión del certificado de inspección sanitaria CIS de caninos con destino a los EEUU el  usuario deberá presentar al momento de realizar su trámite al funcionario ICA  la aprobaciónpara el ingreso de su mascota  expedida por el  Centers for Disease Control and prevention (CDC) 

5.2. Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)  

LUNA-2-2.jpgEl funcionario ICA verificará la información de la solicitud radicada por el Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista, que esta realizando el tramite a tráves del SISPAP; y procederá a realizar la revisión documental y la inspección física de la mascota. Si la inspección es satisfactoria, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS).

Si la inspección documental o física no es satisfactoria, no se emitirá el certificado de inspección sanitaria CIS requerido para autorizar la salida de la mascota, el viajero podrá volver a presentar la solicitud una vez subsanada la situación de rechazo.

REQUISITOS ADICIONALES EXIGIDOS POR ALGUNOS PAÍSES DE DESTINO

A continuación, se indican las exigencias adicionales requeridas por algunos países de destino con relación al ingreso de perros y gatos procedentes de Colombia.

ARGENTINA: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

ARUBA: Solicitar requisitos sanitarios y permiso de ingreso con el servicio veterinario oficial de Aruba vía mail vetservice@aruba.gov.aw 

AUSTRALIA: 
Department of Agriculture, Water and the Environment
Nota: No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.

BOLIVIA: 
www.senasag.gob.bo › requisitos-para-tramites-sa

BRASIL: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento

Nota: Se debe presentar al ICA el formato “International Veterinary Certificate for Export of Dogs and Cats From to Brazil debidamente diligenciado por el médico veterinario particular, para su debido aval y autorización

CANADÁ: Canadian Food Inspection Agency - CFIA

CHILE: Servicio Agrícola y Ganadero - SAG

COSTA RICA: Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA)
Documento Requisitos para la importación de mascotas: perros y gatos


ECUADOR: Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario - AGROCALIDAD

EL SALVADOR:Ministerio de Agricultura y Ganadería

ESTADOS UNIDOS:
Para los usuarios que viajan con perros y gatos, favor tener en cuenta:

USDA-APHIS United States Department of Agriculture

Nota: El médico veterinario debe emitir una certificación adicional relacionada con la vacuna antirrábica  y debe hacerse en idioma inglés.

Para los usuarios que viajan con perros, favor tener en cuenta:
Requisitos exigidos a partir del 14 julio del 2021 para viajar con perros a los Estados Unidos de América

GUATEMALA: Ministerio de agricultura, ganaderia y alimentación 

JAPÓN: Ministry of Agriculture, Forestry and Fisheries - MAFF

Nota: Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.

MÉXICO: Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA)

NICARAGUA: Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA)

NUEVA ZELANDA: Ministry for Primary Industries

Nota: No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.

PANAMÁ: 
Ministerio de Desarrollo Agropecuario - MIDA
Nota: El Certificado de Inspección Sanitaria - CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería de Colombia. (Trámite realizado por vía web).  

PERÚ: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA

REPUBLICA DOMINICANA: GANADERIA.GOB.DO

TRINIDAD Y TOBAGO: Ministry of Agriculture, Land and Fisheries

Nota: Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Trinidad y Tobago.


UNIÓN EUROPEA (UE), REINO UNIDO Y SUIZA:
Según el reglamento UE
No.576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece los nuevos requisitos para la movilización de mascotas (perros, gatos y hurones) a los estados miembros de la UE:

  • La mascota debe estar identificada con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 y aplicar la tecnología HDX o FDX-B, y poder ser leído con un dispositivo de lectura compatible con la norma ISO 11785.

  • La mascota debe estar vacunada contra la rabia, para lo cual debe ser aplicada, al menos a los 3 meses de edad (Reglamento UE No.576/2013).

  • Presentar resultado de la prueba de la prueba de títulos de anticuerpos contra rabia; para ello la toma y envió de la muestra al laboratorio debe ser realizada por un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión. La muestra de suero debe haber sido tomada un (1) mes después de realizada la vacunación contra la rabia y tres (3) meses antes del desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en los países de la Unión Europea es de siete (7) meses.

Envío y resultado de análisis de laboratorio de anticuerpos neutralizantes contra Rabia (original y copia). La muestra debe ser procesada por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y el resultado para ser considerado satisfactorio, no debe ser inferior a 0,5 UI/ML.

  • Las mascotas que retornen a los países de la UE y hayan realizado la prueba antes de su llegada a Colombia, no tendrán que esperar los 3 meses para la salida, siempre y cuando el resultado de la prueba sea satisfactorio.

  • El listado de los laboratorios autorizados para realizar la prueba de anticuerpos contra la rabia, puede ser consultado en  el siguiente link: https://ec.europa.eu/food/animals/movement-pets/approved-rabies-serology-laboratories_en de dicho Reglamento, debidamente diligenciado por el médico veterinario particular, para su debido aval y autorización.Anexo 4” correspondiente al de conformidad con el artículo5, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) Nº577/2013Se debe presentar al ICA el formato “ Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos o hurones a Estados miembros desde un territorio o tercer país 

Nota: Para Reino Unido se debe diligenciar el siguiente formulario "Veterinary certificate to Great Britain, Channel Islands and Isle of Man"
 

URUGUAY:  Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

NOTAS ADICIONALES PARA LA CONSULTA DE REQUISITOS A OTROS PAÍSES:

  • Si desea viajar con destino a otro país, diferente de los aquí citados, debe ponerse en contacto directamente con el Servicio Veterinario oficial, Embajada o Consulado del país de interés, para consultar los requisitos sanitarios exigidos para permitir el ingreso de animales de compañía (perros / gatos) a su territorio procedentes de Colombia.

  • Solo se permitirá la salida del país de aquellos animales que cumplan con los requisitos exigidos por el país de destino. Se podrá emitir el CIS, sin cumplir con la totalidad de requisitos sanitarios, siempre y cuando el usuario presente autorización de la autoridad competente del país de destino, que permita el ingreso bajo esas condiciones.


PAGO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN SANITARIA (CIS) PARA  LA SALIDA DE PERROS Y GATOS.

Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria - CIS, consultar el siguiente link: 
https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas El valor a cancelar es la Tarifa Básica para el año vigente en pesos colombianos. Valor establecido para la expedición de CIS, en los horarios normales de atención al público. Código de servicio ICA: 04223.

Servicio especial: es la Tarifa que aplica en pesos colombianos. En el horario de atención diferente al horario normal, previa solicitud por escrito a la oficina por donde ingresa o sale la mascota con antelación de 48 horas. Código de servicio ICA: 04223.

Para realizar el pago, se debe tener presente los siguientes códigos del servicio para la expedición del CIS, de acuerdo con la finalidad de las mascotas:

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FORMA DE PAGO

  • En el punto de salida se reciben tarjetas de las franquicias: MASTERCARD, VISA, AMERICAN EXPRESS Y DINERS.

  • Pago en línea a través de PSE y botón de tarjetas de crédito.

  • Los pagos se pueden efectuar vía Baloto convenio 950698.

  • No se recibe dinero en efectivo.

  • A través entidad bancaria a continuación se relaciona la información, favor tenga en cuenta que las consignaciones deben realizarse con el nombre del pasajero y el documento de identidad con el cual se expedirá el CIS​.

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De igual forma, es de anotar que esta información se encuentra disponible en la página web del ICA en la opción oferta institucional / tarifas / Información de facturación.

https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas/informacion-de-adicional

 

Para información adicional, favor comunicarse:
Oficinas Nacionales del ICA - Dirección Técnica de Cuarentena
Carrera 68 A N° 24B - 10 Edificio Plaza Claro Torre 3
Telefono 7563030 Ext. 3452

cuarentena.animal@ica.gov.co