Preguntas frecuentes Ventanilla Única de Trámites


Si tiene algun requerimiento de soporte técnico, puede contactarnos a través de los siguientes canales:

Si  la solicitud tiene relación con vegetales frescos para exportación, por favor contacte
vut.vegetalesfrescos@ica.gov.co:

Si  la solicitud tiene relación con Buenas Prácticas agrícolas - BPA, por favor contacte
vut.bpa@ica.gov.co:

Tiempos de Respuesta:
Atención de incidentes funcionales hasta 4 horas
Atención de incidentes técnicos hasta 8 horas.  Si se estima superar las 8 horas, se pausara hasta resolverlo

Actualmente se encuentran disponibles:

  • Registro como productor, exportador o empacador de vegetales para la exportación en fresco
  • Modificaciones, actualizaciones o renovación del registro como productor, exportador o  empacador de vegetales para la exportación en fresco.
  • Certificación en Buenas Prácticas Agrícolas (resolución 30021 de 2017)
  • Registro como productor, productor por contrato, importador, semielaborador empacador o envasador de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios y las modificaciones al registro
  • Licencia de venta de productos veterinarios (Alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios) y las modificaciones de la licencia
  • Inscripción de director científico, director técnico, asesor técnico y Profesionales Directos de laboratorios de control de calidad, de empresas productoras de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios y la modificación de la inscripción.
  • Registro y modificación de empresa productora, productor por contrato e importadora de bioinsumos
  • Registro y modificación de productos de Bioinsumos
  • Registro de departamentos técnicos de ensayos de eficacia de bioinsumos de uso agrícola
  • Registro como empresa fabricante, formuladora, importadora de insumos agrícolas
  • Registro como empresa importadora o exportadora de plantas ornamentales, flor de corte y follajes
  • Registro de operador autorizado para la aplicación de tratamiento y colocación del sello NIMF 15
  • Inscripción de predios productores para exportación de plantas ornamentales
  • Registro como productor de palma de aceite
  • Registro productor semilla certificada seleccionada y material vegetal micropropagado.
  • Registro como productor de semilla certificada seleccionada y material vegetal propagado (semillas y plantulas
  • Registro como unidad de investigación en fitomejoramiento
  • Registro como unidad evaluación agronómica

Para ingresar a la aplicativo, acceda al portal corporativo www.ica.gov.co, seleccione la opción "Oferta Institucional" >"Servicios en línea" y  "Ventanilla Única de Trámites"

 

Debe volver a cargar el documento rechazado, a través de la opción "Validar documentos" que aparece en la columna "acción", de la opción "Mis Solicitudes"

  • Pago en línea PSE: El sistema le permite pagar en línea a traves de PSE; en este caso la confirmación del pago para el trámite es inmediata.
  • Generar factura: el sistema permite generar factura con código de barras para impresión y pago en bancos que tengan convenio con la Entidad (Davivienda y Bancolombia); en este caso el pago se valida 24 horas despues de realizado. No es necesario adjuntar la factura, pero si radicar el tramite.
  • Factura impresa: factura previamente generada por el ICA en el área de facturación y pagada mediante consignación o en la seccional mediante datafono; en este caso el pago se valida de forma inmediata en la VUT.

La factura para pago en Bancos, tiene vigencia de 2 días, por lo tanto si pasa este tiempo el banco no podrá recibirla; sin embargo puede volver a generar la factura del tramite ingresando a la ventanilla unica de tramites y la seleccionando la opción pago del tramite respectivo.

El tiempo de cada trámite es diferente el cual puede validarlo en la normatividad que regula el trámite, pero en todo caso siempre se iniciará su gestión con la validación de los requisitos incluyendo la confirmación del pago.

Si olvidó su contraseña debe hacer Clic en el link: Olvidó su contraseña? y diligenciar en el campo correo electrónico el que tiene registrado para la Ventanilla Única de Trámites.

Comunicarse con la línea gratuita 01800 012441, en la ciudad de Bogotá al número 3323700

Si  la solicitud tiene relación con vegetales frescos para exportación, por favor contacte
vut.vegetalesfrescos@ica.gov.co:
Extensión 1383

Si  la solicitud tiene relación con Buenas Prácticas agrícolas - BPA, por favor contacte
vut.bpa@ica.gov.co:
Extensión 1316
Comunicarse con la seccional ICA que debe atender el tramite. (Directorio Nacional ICA

Los registros deben tener como mínimo información de los tres últimos meses.
 

Solo cuando de acuerdo al concepto de la Autoridad Ambiental de la zona sea necesario; comuníquese con el ICA de la región.

Debe evaluar Coliformes Totales, Coliformes Fecales y Escherichia Coli de acuerdo al Decreto 1594 de 1984. Art. 40.

Se debe programar un plan de capacitación anual para los trabajadores e incluir tres principales (primeros auxilios, manejo de extintores y Manejo y uso seguro de agroquímicos) y todas las demás capacitaciones posibles, para que la producción del material hortofrutícola sea inocua y se mejore la calidad laboral de los trabajadores.
 

Si es posible certificar varias especies vegetales, siempre y cuando las especies a certificar cuenten con: Soportes de compra del material vegetal, plan nutricional adecuado a los requerimientos de cada especie y en base al resultado del análisis de suelo, registros de aplicaciones y trazabilidad,Manejo Integrado de Plagas (MIP), Límites Máximos Residuos y contar con los soportes o actas de visitas del asistente técnico con las recomendaciones para cada cultivo.
 

No existe en nuestra normatividad vigente Resolución 30021 del 28 de Abril2017, especificaciones de un límite mínimo o máximo de área a certificar.
 

Para cumplir con el requisito de asistencia técnica, la norma señala documento que acredite la asistencia técnica; es decir que es válido alguno de los dos documentos.
 

La norma señala que puede ser cualquiera de los siguientes documentos: matricula mercantil, RUT o Cédula de ciudadanía.
 

Como mínimo se deben ubicar dos tasas sanitarias en el campo
 

Si se puede compartir, teniendo en cuenta que debe existir una separación física entre los elementos

Si puede estar compartida. Pero debe tener buena aireación y disponibilidad de agua, al igual debe tener conexión con la zona de barbecho
 

Para cumplir con lo exigido en la norma, debe elaborar un documento donde especifique el procedimiento para la selección y el tratamiento dado a la semilla. Además, debe estar bajo la supervisión del asistente técnico avalado con su firma.

La asistencia técnica la puede brindar la oficina agropecuaria municipal por medio de un ingeniero agrónomo; se puede soportar su validez mediante una certificación donde conste que el ingeniero agrónomo está vinculado al ente territorial mediante el contrato X y presta asistencia técnica al PREDIO X, ubicado la vereda X, del municipio.

Estas capacitaciones deben actualizarse anualmente.
 

Deben ser renovados anualmente, para constatar la inocuidad de la misma, y poder realizar adecuadamente laboresde lavado de herramientas, equipos y el material hortofrutícola producido en el predio.
 

De acuerdo al artículo 40 del decreto 1594 de 1984, coliformes totales máximo 5000 nmp y coliformes fecales máximo 1000nmp

El ICA tiene a su disposición la resolución ICA No. 448 del 20 de enero de 2016.
En el capítulo II se encuentran los requisitos documentales y de infraestructura para el registro como predio productor.
En el capítulo III se encuentran los requisitos documentales y de infraestructura para el registro como exportador.
En el capítulo IV se encuentran los requisitos documentales y de infraestructura para el registro como planta empacadora.

Se deben registrar las frutas, hortalizas,  hierbas aromáticas, tuberculos u otra especie vegetal que se exporte en presentación fresco.  
El registro ICA bajo las disposiciones de la resolución 448 de 2016, no aplica para la exportación de granos secos (café, cacao, etc)

El costo de cada tramite se detalla a continuación:

CODIGO  DESCRIPCION CODIGO SERVICIO  VALOR - 2017
4612 Expedición o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco (Hasta 3 ha) 31.600
4613 Expedición o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco (mayor de 3 hasta 10 ha) 169.100
4614 Expedición o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco(Mayor de 10 hasta 20 ha) 339.300
4615 Expedición o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco(Mayor de 20 hasta 40 ha) 682.100
4616 Expedición   o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco (Mayor de 40 hasta 60 ha) 852.200
4617 Expedición o renovación del registro de predios o huertos destinados a cultivar especies vegetales destinados a la exportación en fresco(Mayor de 60 ha) 913.200
4618 Expedición o renovacion del registro de exportador de vegetales frescos. 298.700
4619 Certificaciones o constancias relacionadas con los registros de predio exportador y empacadoras 24.800
41104 Expedicion o renovación del registro de planta empacadora de vegetales con destino a la exportación en fresco 298.700

El registro que la Entidad otorga, tiene las siguientes vigencias:

Registro para predio productor con cultivos de ciclo largo: 5 años
Registro para predio productor con cultivos de ciclo corto: 2 años
Registro para exportador de vegetales frescos: 5 años
Registro para planta empacadora de vegetales para la exportación en fresco: 5 años
 

El tiempo depende del cumplimiento total de los requisitos documentales y de infraestructura que el solicitante presente al momento del trámite, junto con el tiempo de expedición del acto administrativo por parte de la Entidad. En la resolución 448 de 2016, se encuentran los tiempos establecidos de manera detallada para cada registro.

Con una antelación mínima de sesenta (60) días calendario al vencimiento del registro, debe ingresar a la Ventanilla Única de Tramites, registrarse o ingresar con su usuario y contraseña, identificar el registro e iniciar el tramite de renovación del mismo, adjuntando los documentos requeridos según la resolución 448 de 2016, realizar el pago y radicar en línea su solicitud.

  • Registro ICA como predio productor de vegetales:

Si el registro se inactivó por la vigencia del contrato de asistencia técnica, se exige el nuevo contrato, tarjeta profesional y fotocopia de la cédula de ciudadanía del nuevo asistente técnico.

Si el registro se inactivó por  informes fitosanitarios desactualizados, se exige el último informe fitosanitario.

Si el registro se inactivó por la fenología del cultivo (estado vegetativo), se requiere visita previa por parte del ICA.

Si el registro se inactivó por la detección de alguna plaga cuarentenaria, se requiere visita previa por parte del ICA.

Si el registro  se inactivó por  documentos desactualizados, se requieren los documentos que debe actualizar. Por ejemplo: contrato de arrendamiento, análisis microbiológico.

El requisito en todos los casos anteriores es basado en una SOLICITUD.
  • Registro ICA como exportador de vegetales frescos y/o  planta empacadora
Si el registro se inactivó por información desactualizada (Razon Social, Representante Legal, Dirección de la Empresa, Especies y Predios Proveedores), se requieren los documentos que debe actualizar mediante el trámite de modificación del registro.

Si el registro se inactivó porque no se encuentra ubicada la empresa  en la dirección que registró inicialmente, debe actualizar mediante el trámite de actualización de datos del registro.


 

La información de los predios productores y exportadores de vegetales frescos registrados ante el ICA no se encuentra disponible para consulta externa de conformidad con la política de privacidad y tratamiento de datos personales adoptada por el Instituto, sobre la base de la ley 1581 del año 2012.

En el acto administrativo (Resolución) que explide el ICA, se encuentra el código del registro  que se le asigna bien sea al predio, exportador o planta empacadora.

Para el predio el codigo esta compuesto por nueve (9) digitos.
Para el exportador el codigo esta compuesto por seis (6) digitos.
Para la planta empacadora el codigo esta compuesto por tres (3) letras y seis (6) digitos.
 

  1. A solicitud del titular del registro.
  2. Por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la resolución 448 de 2016.
  3. Cuando se compruebe que el registro fue otorgado con base en información o documentación falsa.


Términos y Condiciones de Uso de la Ventanilla Única de Trámites