09 de septiembre de 2010
Próximo 17 de septiembre
Vence plazo para que laboratorios de diagnóstico veterinario presenten ante el ICA plan para implementar BPL
Mediante el plan de acción de cumplimiento los laboratorios que aún no están registrados, podrán desarrollar paulatinamente los requisitos exigidos en personal, instalaciones, ambiente, equipos, materiales, documentación, bioseguridad y bioprotección, de tal forma que obtengan su registro ante el ICA antes del 30 de noviembre de 2011
9 de septiembre de 2010. El próximo 17 de septiembre culmina el plazo para que los laboratorios de diagnóstico veterinario de todo el país, que están funcionando actualmente sin registro ICA, presenten ante el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, un plan de acción en el que informen el cronograma y las actividades a realizar para la implementación de las Buenas Prácticas de Laboratorio, BPL, requisito fundamental para adquirir el registro.
“El cumplimiento de las BPL proporcionará a los usuarios resultados confiables, los cuales además serán incorporados al sistema de vigilancia epidemiológica veterinaria del ICA para permitirle a la entidad realizar un mayor seguimiento a la sanidad animal del país”, señaló Luis Fernando Caicedo Lince, gerente general del ICA.
Una vez radicado el Plan de Acción, el Instituto contará con un plazo de tres meses para revisarlo, hacer visita de verificación y definir si es aprobado. Posteriormente el laboratorio deberá presentar al ICA un informe bimestral sobre el avance de la implementación. Por su parte, cuando el Plan no sea aprobado, los laboratorios tendrán 15 días calendario para realizar los ajustes correspondientes.
Para la inscripción del Plan, los titulares de los laboratorios deberán diligenciar y enviar por correo electrónico o físico el formato establecido para tal fin, a la oficina seccional del ICA en donde se encuentre ubicado el laboratorio, o a la Dirección Técnica de Análisis y Diagnóstico Veterinario del ICA, en la ciudad de Bogotá en la Avenida el Dorado No. 42-42.
El formato para la radicación del Plan está contenido en la resolución 2009 del 18 de junio de 2010, la cual puede ser consultada través de la página web
www.ica.gov.co.
El gerente general del ICA, Luis Fernando Caicedo Lince, recordó que aquellos laboratorios que no remitan el Plan de acción antes del próximo 17 de septiembre, se les suspenderá mediante acto administrativo sus actividades.
Una vez radicado el plan de acción, los laboratorios tendrán plazo hasta el 30 de noviembre de 2011 para que adquieran el registro ICA. El Instituto verificará que las medidas se hayan adoptado adecuadamente y así proceder al otorgamiento del registro, el cual tendrá una vigencia de cinco cinco años contados a partir del momento en que se les conceda.