03 de abril de 2019
El ICA insta a productores de especies ovino y caprina a obtener el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria de Predio Pecuario
- El Registro Sanitario de Predio Pecuario, RSPP, y la Inscripción Sanitaria de Predio Pecuario, ISPP, no tienen ningún costo, y no se puede realizar si no se cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la resolución 9810 del 2017.
Bogotá, 03 de abril de 2019. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, hace un llamado a todos los productores dedicados a la explotación pecuaria en el territorio nacional, en especial a los destinados a la producción ovina y caprina, con diez o más animales, a obtener el Registro Sanitario de Predio Pecuario, RSPP, o la Inscripción Sanitario de Predio Pecuario, ISPP.
Estas personas están en la obligación de registrar sus predios ante el ICA, teniendo en cuenta la forma de tenencia o posesión.
Las personas naturales que se van a registrar ante el Instituto deben adjuntar la cédula de Ciudadanía, cédula de Extranjería o RUT, mientras que las personas jurídicas, deben presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio (no mayor a 90 días) y fotocopia de la cédula del representante legal.
Para que el productor registre su predio, también se requiere que suministre la información de la población animal, en la que indique especie, tipo de producción, tipo de identificación, número de animales, sexo y categoría de edad.
El RSPP y la ISPP son herramientas que permiten al Instituto identificar los predios que desarrollan actividades pecuarias en el país, así como también al responsable sanitario del predio como de los animales. Estos no tienen ningún costo, y si el productor no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la resolución 9810 del 2017 no puede registrar su predio ante el ICA.
Por otra parte, los predios pecuarios con menos animales de los indicados anteriormente, no estarán sujetos al RSPP. En su lugar, si lo desean, podrán registrar su predio ante la entidad, cumpliendo con los requisitos establecidos en dicha resolución.
Es importante aclarar que todos los predios pecuarios destinados a la producción de animales (bovina, bufalina, porcina, equina, ovina y caprina) que se encuentren ubicados en los departamentos de frontera, especialmente en Nariño, Putumayo, Vichada, Arauca, Norte de Santander, La Guajira, y en el municipio de Cubará, del departamento de Boyacá, deben ser registrados ante el ICA.