Exportadores de predios no registrados no podrán comercializar sus productos en el exterior

28 de febrero de 2009, plazo final para que productores y exportadores de hierbas aromáticas y hortalizas se registren ante el Ica

La cebolla es una de las especies cobijadas bajo esta nueva ley
Debido al alto número de solicitudes de registro, el Ica amplió por noventa días el plazo para que predios productores y exportadores de aromáticas y hortalizas en fresco se registren ante el Ica y de esta manera mantengan la posibilidad de comercializar sus productos en los mercados internacionales.

El Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, extendió hasta el próximo 28 de febrero de 2009 el plazo para que los productores y exportadores de hierbas aromáticas y hortalizas obtengan ante la entidad el registro de sus predios de producción.
 
El anuncio lo hizo el gerente general de la entidad, Andrés Fernández Acosta, quien explicó que “la medida se adoptó atendiendo la solicitud de los usuarios, quienes pidieron la ampliación del tiempo para poder cumplir a cabalidad con las normas técnicas exigidas por el Instituto”.
 
El alto funcionario precisó que mientras los productores y exportadores de aromáticas y hortalizas se registran ante el Ica oficialmente, para las exportaciones de estos productos se deberá presentar en las oficinas del Ica de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos la constancia fitosanitaria que ampara su exportación.
 
“Esta constancia vegetal que va firmada por el ingeniero agrónomo, asistente técnico, de los predios productores o de las exportadoras, debe contener la información básica que permita al Ica establecer el origen de los productos vegetales a exportar para garantizar su trazabilidad, la cual puede ser requerida por los países importadores ante cualquier detección de plagas o de residuos químicos”, añadió el gerente general.
 
Entre los requisitos exigidos por el Ica para obtener el registro como productor, el propietario o representante legal deberá presentar ante la entidad información referente a la ubicación del predio, número de hectáreas destinadas al cultivo, planes de control fitosanitario y de buenas prácticas agrícolas, entre otros.
 
Recibida la información, el Ica visitará la finca para verificar los planes de manejo fitosanitario y la infraestructura básica relacionada con buenas prácticas agrícolas y sanidad.  
 
“Los titulares de los predios registrados tendrán que garantizar la aplicación de un sistema de manejo fitosanitario para contrarrestar el ataque de plagas y enfermedades que puedan afectar los cultivos, al tiempo que deberán informar constantemente al Ica sobre áreas, especies cultivadas y volúmenes de producción”, agregó el gerente del Instituto.
 
Esta nueva norma pretende garantizar la calidad fitosanitaria de especies como: albahaca, eneldo, tomillo, yerbabuena, laurel, romero, espinaca, acelga, lechuga, zanahoria, remolacha, rábano, alcachofa, coliflor, brócoli, apio, espárrago, papa, ajo, cebolla, puerro, tomate.

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