20 de junio de 2012
Requisito indispensable para la expedición de Guías Sanitarias de Movilización Interna
Actualización ante el ICA del Registro Sanitario de los Predios Pecuarios
Por medio de la Resolución 1562 de mayo 25 de 2012, el ICA hace un llamado a que los propietarios registren o actualicen la información de sus predios ganaderos. Este trámite no tiene ningún costo.
Bogotá, junio 20 de 2012. En concordancia con la Resolución 1562 de mayo 25 de 2012, todos los dueños de los predios dedicados a la explotación pecuaria en Colombia deberán presentarse ante la oficina del ICA más cercana para registrar o actualizar sus datos y así obtener su Registro Sanitario de Predios Pecuarios (RSSP), especialmente ahora que el Instituto Colombiano Agropecuario actualizó los requisitos.
Para que el productor registre su predio, se requiere que acredite la forma tenencia o posesión del mismo. Además de estos datos, es necesario suministrar la información de la población animal, la cual incluye el número, categorías etarias, especie y sexo de los animales de las especies bovina, bufalina, porcina, equina, ovina y caprina existentes en dicho predio.
Vale la pena recordar que en el Registro también se precisan datos del propietario y otra información asociada al predio, como su ubicación geográfica, infraestructura y que una vez inscrito o actualizada la información, el ICA le asignará un número único al predio que será la identificación del mismo para cualquier gestión sanitaria posterior.
Plazo anunciado
A partir del 1 de enero de 2013 los dueños de los predios no podrán obtener las Guías Sanitarias de Movilización Interna si su terreno no se encuentra debidamente registrado ante el ICA.
Por otra parte, y con el propósito de controlar efectivamente la movilización de animales en todo el territorio nacional, el ICA asumirá de manera gradual, a partir del 01 de octubre de 2012, la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización Interna (GSMI) en 106 puntos en los que actualmente opera FEDEGAN.
Esto implica la finalización del convenio suscrito para este fin por parte del ICA y FEDEGAN, siguiendo así las recomendaciones dadas por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y por otros Servicios Veterinarios como el Animal and Plant Health Inspection Service (APHIS) de Estados Unidos y el Canadian Food Inspection Agency (CFIA), para facilitar la admisibilidad de los productos pecuarios a los mercados mundiales.