20 de octubre de 2022 Se fijan los requisitos para registrar los predios apícolas en Colombia Requisitos para registrar predios apícolas Consulte la resolución aquí. Según el Ministerio de Agricultura, el aporte de la polinización con la especie Apis mellifera sobre los cultivos en Colombia es de aproximadamente 643 mil millones de pesos. El sector apícola genera cerca de 9.000 empleos directos e indirectos. Bogotá, D.C. 20 de octubre de 2022. Con el fin de reglamentar, supervisar y controlar la producción, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, estableció los requisitos para el registro de los predios destinados a las actividades productivas con la especie Apis mellifera y abejas nativas sin aguijón-ANSA, así como para el registro de apicultores y criadores de abejas nativas en el territorio nacional. Dentro de los requisitos para registrar los predios están: 1. Indicar número de identificación (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o NIT), si se trata de una persona natural o persona jurídica. 2. Informar ubicación exacta del predio que incluya vereda o corregimiento, municipio, departamento, numero de extensión (hectáreas, fanegadas o metros cuadrados), dirección de notificación, teléfono de contacto y correo electrónico si cuenta con este. 3. Informar especie, tipo de producción (fin zootécnico), tipo de identificación que usa en su producción, número de colmenas, número aproximado de población por colmena. 4. Predio sin animales: En caso de que el predio productor no cuente con animales al momento de presentar la solicitud de registro, deberá informar tal circunstancia y cuando inicie la actividad pecuaria se deberá notificar el ingreso de los animales por medio de una comunicación escrita, documentando su origen. Requisitos para registrar predios apícolas Cabe recalcar que el registro ante el ICA tiene fines sanitarios y no otorga, suplanta ni legitima actos de propiedad o posesión sobre los predios productores y los animales que allí se encuentren. Así mismo, toda persona natural o jurídica que cuente con predios destinados al desarrollo de actividades productivas con las especies mencionadas anteriormente, deberá acreditar este registro en cualquier oficina local del Instituto o ante la entidad que cuente con un convenio vigente para este trámite. “La importancia de esta resolución radica en que, actualmente, se desconoce el número de predios o productores activos enfocados a la producción de Apis mellifera o abejas nativas sin aguijón, es por esto que se hace necesario establecer un mecanismo para identificar estos predios e implementar las actividades sanitarias necesarias para evitar afectaciones en la producción”, indicó la gerente general del ICA, Deyanira Barrero León.