Propietarios de plantaciones forestales con fines comerciales del Chocó conocen normatividad para registrar sus cultivos ante el ICA

Socialización normatividad ICA.
Socialización normatividad ICA.
  • Los cultivos o plantaciones forestales comerciales son aquellas siembras o plantaciones de especies arbóreas (frondosas) forestales realizadas por la mano del hombre, para la obtención y comercialización de productos maderables, con densidad de siembra uniforme e individuos coetáneos.

Quibdó, 9 de diciembre de 2020. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, realizó un evento de socialización dirigido a propietarios de plantaciones forestales con fines comerciales en el departamento del Chocó, con el fin de dar a conocer la normatividad que deben cumplir para registrar sus cultivos y acceder al certificado de movilización de productos de transformación primaria obtenidos de las plantaciones forestales.

Los temas abordados durante el encuentro tienen que ver con la documentación y trámites para el registro de las plantaciones, causas de negación del registro, restricciones y prohibiciones, y obligaciones y causas de cancelación del registro. Igualmente, personal del ICA enfatizó sobre la apertura de procesos administrativos sancionatorios para quienes incumplan la norma.

Actualmente, en el municipio de Riosucio existen cuatro plantaciones registradas ante el ICA, dos de los cuales son producto del trabajo de organizaciones comunitarias con empresa maderera, los cuales cuentan con más de 168 usuarios y 460 hectáreas.

“Desde el Instituto continuaremos realizando capacitaciones en otros municipios del departamento sobre temas técnicos, requisitos y normatividad establecidos a los productores forestales registrados y no registrados ante la Entidad. Estamos trabajando juntos por el campo ”, manifestó el gerente seccional del ICA, en Chocó, Martha Livin Mosquera.

 
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Socialización normatividad ICA.

Mediante la Resolución 071641 de 2020, el ICA actualizó los requisitos y procedimientos para el registro de plantaciones forestales y la expedición de certificados de movilización de productos de transformación primaria obtenida de las plantaciones registradas, con el fin de fortalecer la sanidad forestal y garantizar la legalidad de los cultivos forestales que se registren ante el Instituto.

“Invitamos a los productores que aún no registran sus cultivos a que lo hagan. De acuerdo a la nueva norma, dentro de los dos años siguientes a su establecimiento, deberá registrarlos a través de la Ventanilla Única Forestal (VUF) o mediante los medios que el Instituto determine para tal fin ”acotó Mosquera Castro.

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