Alimentos balanceados para animales


1 Para la exportación de alimentos balanceados para animales el exportador o persona interesada debe proceder a verificar de manera previa sobre los requisitos sanitarios que puedan ser requeridos por el país importador.

A través del siguiente link Consultar aquí podrá verificar si se tienen requisitos sanitarios establecidos que permitan realizar la exportación de este tipo de productos al país de interés, en caso de no encontrase, el interesado debe proceder a realizar directamente la consulta ante el servicio veterinario del país de destino de cuáles son las condiciones sanitarias establecidos por ellos y demás requisitos asociados para permitir el ingreso de este tipo de mercancías procedentes de Colombia.
 
En caso de ya contar con requisitos sanitarios acordados entre ambos países y necesitar la emisión de Certificado Zoosanitario para Exportación (CZE), el interesado deberá proceder a:
 
  1. 1. Registrarse como usuario en el SISPAP (Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios), enviando copia escaneada del RUT y Certificado de Cámara y Comercio (reciente) y forma 4-908. Para mayor información Consultar aquí. En respuesta recibirá correo electrónico indicando su usuario y contraseña de acceso al sistema.
  2. 2. El establecimiento de origen de la mercancía (planta o establecimiento productor) debe estar registrado como productor de alimentos balanceados para animales ante la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios. Para esto debe comunicarse con eduardo.murcia@ica.gov.co
  3. 3. Realizar ante la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios, el registro de cada producto que se desea exportar (producto de interés) y obtener la respectiva Licencia de Venta – LV. Para esto debe comunicarse con  eduardo.murcia@ica.gov.co
  4. 4. El establecimiento de origen de la mercancía (planta o establecimiento productor) debe estar previamente registrado en el SISPAP. Consultar aquí. En caso que el establecimiento de interés no se encuentre en el listado de establecimientos registrados, se debe proceder a realizar la solicitud de registro a través de cuarentena.animal@ica.gov.co
  5. 5. Cuando cuente con las respectivas Licencias de Venta – LV de los productos de interés, solicitar su registro en el SISPAP, para esto enviar a cuarentena.animal@ica.gov.co la siguiente información (formato Word o Excel):
 
  • Número de la LV: ejemplo (15483-AL)
  • Nombre exacto del producto autorizado
  • Partida arancelaria del producto
  • Establecimiento de origen
  • País de destino
 
  1. Una vez realizados los pasos anteriores, el interesado puede realizar a través del SISPAP la solicitud del Certificado Zoosanitario para Exportación – CZE, y su respectivo pago en línea (Sistema PSE). Ver aquí.
 
    Tener en cuenta:
  • Uso / Destino: Consumo Animal
  • Unidad de Medida: Kilogramos
  • Valor FOB: Valor total del producto
  • La solicitud del CZE deber ser debidamente pagada en línea, de lo contrario no entrará a los buzones de los funcionarios ICA para su respectiva revisión y trámite.
 
  1. Una vez la solicitud del CZE cumpla este proceso es asignada a la Dirección Técnica de Cuarentena para su revisión y trámite final. Una vez la solicitud es tramitada, el exportador recibirá un correo electrónico indicando que esta fue:
 
  • Aprobada: si la información contenida está completa, es clara y consistente.  El CZE deberá ser retirado en Oficinas Nacionales del ICA o en la oficina ICA del PAPF que pueda estar autorizada.
  • Rechazada: si la información contenida está incompleta, no es clara o consistente. En este caso tendrá que presentar y cancelar una nueva solicitud de CZE a través del SISPAP.
 
  1. Realizar la solicitud de la inspección sanitaria a través del SISPAP y pago en línea del servicio a través del SISPAP (sistema PSE). El exportador entre las 24 y 48 horas previo a la salida de la mercancía del territorio Colombiano debe realizar la solicitud de inspección a través del SISPAP (Link Inspección – CIS – CIS Exportación Pecuaria – Generar CIS – Con documento previo), con este se realiza la notificación de la fecha de salida de la mercancía desde Colombia y el funcionario ICA del punto de salida podrá programar la inspección sanitaria de la misma.
En caso de no contarse con requisitos sanitarios acordados entre ambos países se debe proceder a realizarse un proceso de negociación o acuerdo entre ambos países para el desarrollo de este tipo de exportaciones, para esto el interesado debe contactarse con asuntos.internacionales@ica.gov.co
 
 
Para información adicional, favor comunicarse:

Teléfono: (571) 3323700 Ext. 1162
cuarentena.animal@ica.gov.co