En cumplimiento de su misión el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, desarrolla y ejecuta mecanismos encaminados al control y regulación de estas actividades comerciales, acogiendo directrices y recomendaciones establecidas por la Organización Mundial del comercio (OMC) a través del Acuerdo de medidas sanitaria y fitosanitaria (MSF), y por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) en sus Códigos Sanitario para los animales terrestres y para los Animales Acuáticos.
En consecuencia, la normativa nacional ha establecido protocolos y procedimientos que son aplicados en cada una de las etapas que complementan el ejercicio importador y exportador.
En La importación de animales se requiere de un procedimiento de cuarentena, el cual puede realizarse en la estación cuarentenaria oficial o en predios autorizados por el ICA especialmente habilitados para estos efectos. Las cuarentenas prediales se realizan de preferencia en especies para las cuales la estación cuarentenaria no cuenta con facilidades que permitan su desarrollo, como es el caso de las aves de corral, cerdos de reproducción, avestruces y equinos de competencia, o bien cuando la estación cuarentenaria oficial no dispone de espacio para realizar esta actividad.
- Procedimiento de cuarentena de importación
- Procedimiento de inscripción de establecimientos para cuarentena de exportación.
- Procedimiento de inscripción de establecimientos para cuarentena de importación.
Formularios de habilitación de establecimientos según especie.