Toda persona natural o jurídica que desee comercializar alimentos para animales debe solicitar ante el Ica registro o licencia de venta, adjuntando:
 
  • Solicitud suscrita por el representante legal.
  • Información general (Razón social, dirección oficina, planta, bodega, nombre con el cual comercializará el producto)
  • Composición garantizada con los límites máximos expresados en porcentaje en peso para humedad, fibra, ceniza y NNP y límite mínimo para proteína y grasa. En sales mineralizadas el cloruro de sodio y los macroelementos deben ser garantizados en % en peso indicando límites mínimos para cloruro de sodio, fósforo y calcio, y como límites máximos la humedad y el flúor. Los microingredientes deberán expresarse en el sistema internacional de unidades.
  • Formula típica cuantitativa, firmada por el Asesor Técnico.
  • Indicaciones específicas y especies para las cuales se indica, dosis o cantidad a suministrar por animal.
  • Método de elaboración, firmado por el asesor técnico.
  • Métodos de Análisis, firmado por el asesor técnico
  • Proyecto de rotulado, firmado por el asesor técnico
  • Certificado de marca
  • Recibo de Pago o factura de venta por el valor tarifado vigente (Acuerdo 00015/2007, Cap.I, Art.1°, ítem 17)
  • Resolución 1056/96, Capítulo III, Artículos 30 a 50

Registro de producto o licencia de venta de alimentos para animales