REQUISITOS
Todo establecimiento que desarrolle las actividades de acuicultura deberá cumplir lo siguiente:
- Original o copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario previo a la presentación de la solicitud ante el ICA. Matricula mercantil, RUT o cedula de ciudadanía o extranjería, si se trata de una persona natural. En caso de personas jurídicas, el objeto social debe incluir la producción de animales acuáticos.
- Acreditar la propiedad, posesión o tenencia del predio, teniendo en cuenta el numeral 1.6.2 del presente procedimiento.
- Comunicación suscrita por el propietario de los animales dirigida al ICA en la que indique ubicación geográfica del establecimiento, extensión a registrar del área dedicada a la acuicultura, número de tanques, estanques, jaulas, jaulones, piscinas y/o acuarios, fases de producción que se desarrollan en la explotación, numero de ciclos realizados al año, tipo de especie(s) cultivada(s), indicando el nombre común y científico, inventario animal de acuerdo a la etapa de producción al momento del registro.