Solicitud del Servicio de Incineración

1. EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE

Toda persona natural o jurídica puede solicitar en el servicio de Diagnóstico Veterinario la incineración de cadáveres de animales y material orgánico,  que no compromete al Instituto a devolver cenizas ni en procedimientos legales como consecuencia de la destrucción de ese material.


2. REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIO PARA EL TRÁMITE

2.1 Requisitos que deben cumplir los solicitantes:

  • Solicitar el servicio en los Centros de Diagnóstico que posean la infraestructura necesaria para realizar el servicio (horno crematorio) diligenciar el formato del servicio, acreditando con su palabra la propiedad legal del cadáver o de la materia orgánica que se va a incinerar.

  • Cancelar el valor del servicio establecido según la resolución de Gerencia vigente o presentar el recibo de consignación a nombre del Instituto Colombiano Agropecuario.

  • El Instituto se reserva la aceptación o no de la solicitud, por cuanto existen materiales que pro su naturaleza atentan contra la salud de los operarios, contra el medio ambiente o la integridad de los equipos; por tanto es conveniente averiguar telefónicamente si el material es apto para ser incinerado.


2.2   Documentos que deben aportar los solicitantes

Documentos no se requieren.  El solicitante del servicio se compromete con su palabra y el Instituto da crédito a la misma que el material a incinerar es de su propiedad y que no se trata de sustancias ilegales.


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. LUGAR AL CUAL DEBE ACUDIR EL CIUDADANO

Centros de Diagnóstico que posean horno crematorio funcionando de manera adecuada.  Se anexa lista de Centros y el número telefónico para que puedan ser consultados sobre la disponibilidad del servicio.


Centro de Investigación de Salud Animal - Avenida El Dorado No.  42-42   CEISA Conmutador: 3686827/29- 2697587/47 Fax 36868/36/24/37 2685578
Coordinación CEISA - Tel: 3686830- 3686835Centro de Diagnóstico:  Tel: 3686826
Laboratorio Enfermedades Vesiculares Tel: 3686821
E-mail: direccion.ceisa@ica.gov.co


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. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE

Resolución de la Gerencia No. 00778 del 13 de abril de 2000 ( Resolución de tarifas para la vigencia del año 2002) Esta resolución se modifica anualmente.


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. TIEMPO

Tiempo aproximado para la resolución del trámite: Hasta 24 horas dependiendo del

volumen y peso del material y de la capacidad de los hornos.