1. EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE
Toda persona natural o jurídica interesada en comercializar Bioinsumos o Extractos Vegetales de uso agrícola, deberá obtener previamente del Ica el Registro de Venta del producto.
2. REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL TRÁMITE
Para la obtención del Registro de Venta de un Bioinsumo o Extracto Vegetal de uso agrícola, la persona natural o jurídica interesada en su comercialización en Colombia deberá estar registrada en el Ica como Importador o Productor de Bioinsumos o Extractos Vegetales de uso agrícola y presentar al Ica Solicitud de Registro de Venta del Bioinsumo o Extracto Vegetal de uso agrícola que desea comercializar, en el formato que para el efecto el Ica tiene establecido, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal, por su apoderado o por su representante autorizado, anexando los siguientes documentos:
- Informe final del ensayo de eficacia realizado en Colombia de acuerdo con la Resolución 0375 de 2004, Capítulo VI.
- Documento que certifique la entrega del material de referencia en el Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas (LANIA).
- Copia del concepto toxicológico del Ministerio de la Protección Social, o la entidad que haga sus veces, para productos agentes microbiales para el control biológico de plagas, nematodos entomopatógenos o entomoparásitos, extractos vegetales y demás productos para los cuales esa autoridad lo considere necesario.
- Proyecto de Etiqueta: Para agentes microbianos para el control de plagas de acuerdo con la Norma Técnica Colombiana número 4612; para los demás tipos de bioinsumos y extractos vegetales, según las disposiciones establecidas por el Ica para el efecto.
- Certificado de análisis del producto realizado por un laboratorio registrado en el Ica como se indica a continuación:
- Para agentes biológicos para el control de plagas, Inoculantes biológicos e Inóculos microbiales para compostaje: análisis de la composición garantizada del producto, que indique el contenido en cuanto a género y especie del (los) organismo (s) presente (s) por unidad de peso, volumen o según sea el tipo de formulación o presentación del producto;
- Para extractos vegetales: certificado de análisis microbiológico, fisicoquímico, descripción de las características organolépticas del producto, y resultados de la evaluación de la actividad biológica ejercida por el producto terminado mediante la prueba de bioensayo;
- Para bioabonos: certificado de análisis de la composición de microorganismos garantizada, determinación de patógenos y metales pesados;
- Para Productos Bioquímicos: certificado de análisis de la actividad biológica mediante bioensayo y análisis fisicoquímico
- Métodos de análisis cualitativos y cuantitativos de la composición garantizada y de la actividad biológica, utilizados para el control de calidad del producto.
- Prospecto de cadena de frío empleada en la distribución, almacenamiento y expendio de los productos que requieran refrigeración permanente.
- Recibo de pago oficial del Ica por la tarifa establecida para solicitar este servicio.
Para efectos del pago de este trámite, el solicitante debe acercarse al Ica calle 37 No. 8-43 piso 4 de Bogotá o a la Oficina de la Seccional del Ica que corresponda; diligencia el formato de Solicitud de Registro de productor de Bioinsumos o Extractos vegetales de uso agrícola (Forma Ica 3-906). Cuando el trámite se realiza en Bogotá, se dirige a la oficina de facturación donde se le elabora la respectiva factura; consigna en la entidad bancaria autorizada el valor del servicio (de acuerdo con la resolución de tarifas de servicios técnicos agrícolas, vigente); presenta copia del recibo de pago o de la factura correspondiente junto con los demás documentos exigidos para el trámite. Si el trámite se realiza en una seccional, se dirige a la oficina del Ica donde le informarán donde pagar el valor del servicio (Tesorería seccional o entidad bancaria) y presenta el recibo de pago junto con los documentos exigidos para el trámite
Para productos importados se debe anexar certificación oficial en la que se dé constancia de la producción, libre venta o uso del producto comercial en el país de origen, expedido por la autoridad nacional competente debidamente consularizado. En caso de no estar registrado el producto comercial en el país de origen, el importador deberá presentar un documento oficial que explique la causa.
Toda la información deberá ser suministrada en el idioma original y acompañarse de la respectiva traducción oficial al idioma español.
Cuando el producto cuyo Registro de Venta se solicita no sea formulado por el peticionario, se deberá acompañar copia del contrato de formulación debidamente legalizada, suscrito con una empresa registrada ante el Ica para tal fin.
El Ica recibirá la solicitud de Registro de Venta, si la documentación se encontrase completa le asignará un código de ingreso para el estudio de su factibilidad técnica. Si la información requerida se encuentra incompleta, la solicitud no será codificada y se oficiará al interesado indicando el motivo por el cual no ingresan los documentos a estudio técnico, dando como plazo sesenta (60) días hábiles para allegar la información faltante.
Del estudio técnico que realice el Ica a la solicitud de Registro de Venta codificada y con base en la información aportada por el interesado, el Ica podrá solicitar información complementaria y/o la ejecución de ensayos adicionales. Cuando el Ica lo estime necesario y con el fin de obtener estudios comprobatorios de la eficacia del producto, podrá solicitar al interesado una muestra del producto objeto del Registro y utilizará la metodología que estime conveniente para los ensayos de comprobación previos al Registro de Venta.
El titular podrá solicitar en cualquier momento la modificación o adición al Registro de Venta, diligenciando el formato que para el efecto el Ica tiene establecido (3-094), y aportando la justificación técnica necesaria, de acuerdo con el Capítulo VIII de la Resolución 00375/2004 y cancelando la tarifa correspondiente por este concepto.
3. LUGARES A LOS QUE DEBE ACUDIR EL CIUDADANO
Bogotá D.C. Calle 37 No. 8-43 Edificio Colgas, Piso Quinto, Tel. 2884800, 3323700 Fax: 2322031
E-mail: bioinsumos@ica.gov.co.
Leticia.Calle11No5-18,barrioSanMartín.Telefax5927852-5924861
E-mail: direccion.amazonas@ica.gov.co.
Medellín,: Carrera 45 No.31-03 Bello.A.A.51764. Tels:4612000-4611700-4611610-9800 428980.
E-mail: direccion.antioquia@ica.gov.co, icavet@epm.net.co.
Arauca, Avenida Puente Internacional, Calle 15 No.14-42. Tels:852300-853309
E-mail:direccion.arauca@ica.gov.co, icarauca@col1.telecom.com.co
Barranquilla: Calle 18 No. 50-32,Soledad. Tels:3268926-3268763.Fax:3268593.
E-mail: direccion.atlantico@ica.gov.co, icabq@col3.telecom.com.co
Cartagena: Carretera al Bosque frente al Colegio Inem.A.A.1993. Tels: 6677252-6678039-6677253.
E-mail:direccion.bolivar@ica.gov.co.ica@ctgred.net.co,icabol@telecartagena.com
Duitama Centro Experimental Granja Surbatá Km.6 Vía Paipa A.A1110.tels:638066-850477
E-mail:direccion.boyaca@ica.gov.co
Manizales: Cra. 30 No. 65-15. A.A. 876. Tels: 8876213–8876203.Fax: 8876207.
E-mail: direccion.caldas@ica.gov.co
Florencia,Cra.7ª.Calles 20-21 A.A.245.Tels:4358096–4352631.
E-mail:direccion.caqueta@ica.gov.co, icacaq@col1.telecom.com.co
Yopal Calle 5ª no. 19-51 (B. San Martín) km. 1 vía Paz de Ariporo. Tels: 6357932 - 6358189.
E-mail:direccion.casanare@ica.gov.co,icacas@col1.telecom.com.co
Popayán: Calle.11-50,Avenida.Tels:237596–230513–231036
E-mail:direccion.cauca@ica.gov.co
Valledupar Calle 22 No.14-30. A.A. 496. Tels: 5702722 – 5712420. Fax: 5710801
E-mail: direccion.cesar@ica.gov.co icaupar@col3.telecom.com.co
Montería,Carrera 14 No. 54-32. A.A. 323-206.
Tels:7850022–7852154.Fax:7851444
E-mail: direccion.cordoba@ica.gov.co, icacord@monteria.cetcol.net.co
Mosquera, CI Tibaitata, km 14 vía Bogotá-Mosquera.A.A.151123.
Pbx:4227371-4227321
E-mail: cundinamarca@ica.gov.co:
Riohacha,Calle15 Cras.10–11.Tels:7270981–7272493.
E-mail: direccion.guajira@ica.gov.co, :icagua@col3.telecom.com.co
San José del Guaviare, Cra. 11 No. 26-60, barrio La Esperanza, Tel: 840234.
Neiva, Calle 21 No. 3-87. A.A. 686. Tels:8753558 – 8753182.
E-mail:direccion.huila@ica.gov.co. icaneiva@multiphone.net.co
Santa Marta: Av. Libertador No. 14-13. A.A.654. Tels:4215390 – 4216256.
E-mail: direccion.magdalena@ica.gov.co,icamagdalena@compunet.net.co
Villavicencio, Trans. 23 No. 19-02. A.A.2011. Tels: 637495 – 675321
E-mail: direccion.meta@ica.gov.co, icameta@villavicencio.cetcol.net.co
San Juan de Pasto, b. Pandiaco. A.A.629 – 819. Tels. 7311162 – 7313812.
E-mail: direccion.nariño@ica.gov.co, icapa-ct@col2.telecom.com.co
Cúcuta, Av. Aeropuerto, Corral de Piedra. A.A. 1141. Tels: 780012 – 872049 – 870302.
E-mail: direccion.santader@ica.gov.co, icands@col1.telecom.com.co
Puerto Asís: Calle 10 No. 32-84, .Tels:4227047–4227799
E-mail:direccion.putumayo@ica.gov.co
Armenia: Av. Bolívar sector Regivit 28 Norte. A.A. 1069 tels: 493810 – 493490 – 495184.
E-mail: direccion.quindio@ica.gov.co,icaarmenia@telensat.com.co
Pereira, Sector La Badea frente Col. Empresarial. Tels: 300060 – 300081 – 300524.
E-mail: icaperei@col2.telecom.com.co, direccion.risaralda@ica.gov.co
San Andrés: Av. Juan XXIII No. 4-130, piso 2. A.A. 656. Tels: 5126772 – 5128716.
E-mail:direccion.sanandres@ica.gov.co
Bucaramanga, Av. Quebrada Seca No. 31-39. A.A.1017. Tels: 6352732 – 6345185.
E- mail: direccion.santander@ica.gov.co, diresec@col1.telecom.com.co
Sincelejo,Cra.25 b No.25 –116, Plaza de Ferias.Tels:2800067–280139–2801658.
E-mail: direccion.sucre@ica.gov.co
Ibagué: barrio Santa Helena, Predios U. Del Tolima. A.A. No. 865 – 527. Tels: 643066 – 645447.
E-mail:direccion.tolima@ica.gov.co, icatolima@yahoo.com
Cali, Calle 73 No. 8A35 barrio Andrés Sanin . A.A. 4828. Tels: 6560352/53/54/55, 6636731, 6566880 y 6620593.
E-mail: direccion.valle@ica.gov.co , ica2@uniweb.net.co
Buenaventura: Avenida portuaria terminal marítimo, telefax: 2423453
E-Mail : puerto.buenaventura@ica.gov.co
4. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE
Resolución 0375 de 2004
Decreto 1843 de 1991 Ministerio de la Protección Social
5. TIEMPO
Tiempo aproximado para la resolución del trámite: 60 días hábiles