El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido por los artículos primero (1°) y séptimo (7°) de la Ley 101 de 1993, la Resolución 169 de 2007 y demás normas concordantes o aplicables, otorga a los productores agropecuarios, especialmente aquellos que destinan sus productos para la exportación de flores, follajes, plátano, banano y palma, un Incentivo Sanitario con el objeto de apoyar el control y manejo sanitario de plagas y enfermedades, por considerarse problemas de importancia económica que de no controlarse adecuadamente, puede limitar la actividad agrícola, disminuyendo el ingreso esperado por los productores.