Para la importación de materias primas destinadas a la fabricación de alimentos para animales el importador o persona interesada debe proceder a verificar si el producto requiere Documento Zoosanitario para Importación (DZI) para su ingreso al país
Consultar aquí, en caso de requerir debe proceder a:
1. Verificación de condiciones previas a través del “Sistema de Información Sanitario para la Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP)” del ICA
En caso que el establecimiento de interés no se encuentre en el listado de establecimientos registrados, se debe proceder a realizar la respectiva habilitación del establecimiento de origen ante el ICA.
2. Solicitud del Documento Zoosanitario para Importación (DZI)
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Registrarse como usuario en el SISPAP (Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios), enviando copia escaneada del RUT y Certificado de Cámara y Comercio (reciente) y forma 4-908. Para más información Consultar aquí. En respuesta recibirá correo electrónico indicando su usuario y contraseña de acceso al sistema.
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La persona natural o jurídica que vaya a importar debe estar registrada como tal ante la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios y obtener la respectiva autorización para la importación y comercialización de este tipo de mercancías en el territorio nacional. Para esto debe comunicarse con Para esto debe comunicarse con la Coordinación del Grupo de Registro y Vigilancia de Empresas de Alimentos para Animales, Material Genético Animal y sus Productos (reg.vigempresas@ica.gov.co, eduardo.murcia@ica.gov.co)
Realizar a través del SISPAP la solicitud del Documento Zoosanitario para Importación – DZI, y su respectivo pago en línea (Sistema PSE). Ver aquí. para lo anterior debe tener en cuenta
- Uso / Destino: Consumo Animal
- Establecimiento de destino: Digitar el lugar y dirección donde se almacenará la mercancía
- Unidad de Medida: Kilogramos
- Valor FOB: Valor total del producto
- La solicitud del DZI deber ser debidamente pagada en línea, de lo contrario no entrará a los buzones de los funcionarios ICA para su respectiva revisión y trámite.
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Una vez la solicitud del DZI cumpla este proceso es asignada a la Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios para su respectivo Visto Bueno, y posteriormente a la Dirección Técnica de Cuarentena para su revisión y trámite final. Una vez la solicitud es tramitada, el importador recibirá un correo electrónico a la dirección que se tenga registrada en el SISPAP indicando que esta fue:
Transcurrido lo anterior el importador recibirá un correo electrónico indicando que esta fue:
3. Certificado Sanitario de Origen expedido por el Servicio Oficial del país exportador:
El DZI expedido por el ICA contiene anexo los requisitos sanitarios de importación establecidos por el ICA para permitir el ingreso de este tipo de productos a Colombia, con base en estos, el Servicio Veterinario Oficial del país exportador debe expedir la Certificación Sanitaria de Origen en la cual se dé cumplimiento a cada uno de los requisitos allí establecidos. Esta certificación sanitaria de origen debe tener fecha de emisión posterior a la expedición del DZI del ICA.
La certificación sanitaria de origen expedida por el Servicio Veterinario Oficial del país exportador debe ser traducido de manera oficial al idioma español (en caso de estar en otro idioma diferente) y debe ser presentado a los funcionarios del ICA en el puerto, aeropuerto o paso fronterizo de ingreso a Colombia al momento de su llegada, para la respectiva inspección sanitaria.
4. Solicitud de inspección sanitaria en el lugar de ingreso a Colombia y pago del servicio:
El importador entre las 24 y 48 horas previo a la llegada de la mercancía al territorio colombiano debe realizar la solicitud de inspección a través del SISPAP (con el usuario que le fue asignado previamente) siguiendo la ruta “Inspección – CIS Pecuaria – Importación – DZI Sin Modificación”. En caso de que el DZI haya sido modificado por alguna razón seguirá la ruta “Inspección – CIS Pecuaria – Importación – DZI Con Modificación”).
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El interesado debe ubicar el registro correspondiente a su importación (número del DZI asignado) y hacer clic sobre este, posteriormente debe diligenciar los campos requeridos, y una vez finalizado este proceso deberá imprimir copia de la Solicitud de Inspección Sanitaria haciendo clic en el icono de la impresora. El reporte en formato PDF muestra el valor la inspección que debe pagar el interesado.
El importador deberá realizar el pago correspondiente a través del pago en línea (Sistema PSE), para esto el usuario debe:
- Ingresar al SISPAP con su usuario asignado
- Ingresar a la opción de Pago en línea / Importación Pecuaria / Solicitud de Inspección con DZI. En la ventana de SOLICITUD DE INSPECCIÓN - PENDIENTES POR PAGO selecciona la solicitud de inspección sanitaria tramitada y hace clic en el botón Pagar Solicitudes. Este pago en línea se hace a través del Sistema PSE y sus bancos asociados.
- El interesado deberá imprimir la factura del pago PSE, debe hacer clic en la siguiente ruta: Consulta / Comprobante de Pago SISPAP
Con este se realiza la notificación de la fecha de llegada de la mercancía a Colombia y el funcionario ICA del punto de ingreso podrá programar la inspección sanitaria de la misma.
5. Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) en el punto de ingreso
Una vez llegada la mercancía al territorio colombiano, el médico veterinario del ICA ubicado en el punto de ingreso al país procederá a realizar la inspección documental y física de la mercancía motivo de importación, con el fin de constatar que la documentación y certificaciones sanitarias se encuentran en orden, al igual que poder verificar las condiciones sanitarias de la misma. Como resultado final de este proceso será la emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS), documento con el cual el ICA certifica su inspección y condición sanitaria, habilitándolo para continuar con los demás trámites requeridos en caso de ser FAVORABLE; en caso contrario (NO FAVORABLE) el médico veterinario del ICA procederá a aplicar las medidas sanitarias del caso.
Notas:
Para información adicional, favor comunicarse:
Teléfono: (57+1) 7563030 Ext. 3452
cuarentena.animal@ica.gov.co