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Para los animales en tránsito al momento de ingreso al país, el interesado deberá presentar al ICA el certificado del país de origen, especificando el destino final. 

El ICA procederá a autorizar la salida de la mascota sin necesidad de tramitar el CIS, con la refrendación del certificado de país de origen, validándolo con firma y sello oficial.

La duración máxima de transito de un animal no podrá ser superior a 3 días contados a partir de su ingreso al país.




Para información adicional, favor comunicarse:
Oficinas Nacionales del ICA - Dirección Técnica de Cuarentena
Avenida Carrera 20 N° 83-20, Edificio NeoPoint 83
Piso 1  Oficina de Atención al Ciudadano 
Bogotá D.C.– Colombia
Horario de Atención Presencial: Lunes a Viernes 7:30 a.m. - 4:30 p.m. Jornada Continua.
cuarentena.animal@ica.gov.co