Los usuarios interesados en ingresar a Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o transportados en la modalidad de carga, deberán realizar el siguiente proceso:
ANTES DE LLEGAR AL PAÍS:
- Registrarse como usuario ICA AQUI a través de su correo electrónico recibirá el usuario y contraseña de acceso al sistema; lo cual se requiere para iniciar la solicitud del Certificado Inspección Sanitaria- CIS, que autoriza el ingreso de su mascota al país.
Tener en cuenta: Si al momento del registro el sistema arroja mensaje de error o que ya se encuentra registrado, debe comunicarse con: direccion.logistica@ica.gov.co
- Con el usuario y contraseña asignado, ingresar al SISPAP (Sistema de Información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios) y realizar la solicitud del certificado de inspección Sanitaria – CIS
- Diligenciar la información requerida, la cual incluye los datos del pasajero y de la mascota.
- Imprimir la solicitud del certificado de inspección Sanitaria – CIS y el comprobante de pago, los cuales deberán presentar al momento del ingreso al país.
Recuerde qué:
- En caso de viajar con mascotas de diferentes especies (perro y gato) deberá realizar la solicitud por cada una de ellas.
- En caso de viajar con 2 o más mascotas de la misma especie (perro o gato) podrá realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud).
AL LLEGAR AL PAÍS:
Cuando entra al país deberá dirigirse con la mascota a la oficina del ICA del aeropuerto, puerto o paso de frontera por el cual ingresa, para adelantar la emisión del Certificado de Inspección Sanitaria – CIS, donde se realizará por parte del ICA el siguiente proceso:
1. Inspección Documental:
Se validarán los siguientes documentos:
a) Presentar impresos la solicitud para la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria CIS, junto al comprobante de pago, los cuales fue tramitados a través del SISPAP.
b) Original del Certificado Sanitario: Expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen (con sello y firma original o electrónica) con fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario previo al ingreso de las mascotas; en el cual se certifique:
- Características de la mascota: Especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y otras señas particulares.
- Que la mascota se encuentra libre de enfermedades infecto contagiosas transmisibles y parasitarias
- Que la mascota ha recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 60 días previos al viaje, indicando: nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.
- Que la mascota se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportada.
c) Certificación de vacunación vigente: El cual incluya nombre de la vacuna, número de lote, fecha de administración y fecha de vigencia; para las siguientes enfermedades:
* Perros: Rabia, Enfermedad de Carré (Distemper), hepatitis canina, leptospirosis (canícola e icterohemorragiae), Parvovirus, Coronavirus, Parainfluenza.
* Gatos: Rabía, Panleucopenia felina.
Tener en cuenta:
- Para mascotas vacunados por primera vez contra la rabia esta deberá haber sido aplicada con una antelación mínimo de 21 días a la fecha de embarque. La edad mínima para el ingreso de la mascota al país es de 15 semanas.
- En el caso, que en el país de origen no se realice la vacunación contra la rabia para perros y gatos, el propietario o responsable deberá presentar la respectiva certificación del servicio sanitario oficial donde se especifique que esta vacunación no se realiza. Su ingreso al país estará condicionado a que la mascota realice una cuarentena domiciliaria, durante la cual la mascota deberá ser vacunada contra la rabia por un médico veterinario o médico veterinario zootecnista particular con matrícula profesional y con biológicos que estén registrados por el ICA en el país.
- Para la certificación de vacunación de las otras enfermedades diferentes a la Rabia, en caso de no registrase la misma(s), el propietario o responsable deberá presentar la respectiva certificación del servicio sanitario oficial donde se especifique que esta vacunación no se realiza en el país de origen. En este caso, se permitirá el ingreso de la mascota sin necesidad de realizar cuarentena domiciliaria.
2. Revisión de la mascota.
El inspector del ICA, revisara que la mascota corresponde a los documentos presentados y que se encuentra en condiciones aptas para el ingreso al país
3. Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS):
Si la inspección documental y física son satisfactorias, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
Nota:
Si la inspección no es satisfactoria y de acuerdo al estado de salud de la mascota, se procederá a tomar una de las siguientes medidas sanitarias: Retención, cuarentena domiciliaria, reembarque o sacrificio sanitario humanitario. El propietario o responsable de la mascota deberá asumir los costos y responsabilidades de la medida sanitaria aplicada.
Se recomienda para las mascotas que retornan a países miembros de la Unión Europea u otros países que exijan la prueba serológica de anticuerpos para la rabia, realizarla antes de su desplazamiento a Colombia.
Ante la imposibilidad de realizar el proceso de la solicitud del certificado de inspección sanitaria –CIS a través del SISPAP, este podrá adelantarse en la oficina del ICA ubicada en el sitio de ingreso, para lo cual se deberá presentar la mascota, los documentos físicos relacionados en el punto 2 y el pago del mismo se realizará directamente en la oficina, teniendo en cuenta lo siguiente:
FORMA DE PAGO
- En el punto de ingreso se reciben tarjetas débito y crédito de las franquicias: CREDIBANCO, MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.
- No se recibe dinero en efectivo.
Códigos de los servicios a pagar, según sea el caso:
- Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria - CIS, consultar el siguiente link: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas
- Expedición de CIS, en los horarios normales de atención al público. Código de servicio ICA: 04223.
- Expedición de CIS - Servicio especial, En el horario de atención diferente al horario normal, previa solicitud por escrito a la oficina por donde ingresa o sale la mascota con antelación de 48 horas. Código de servicio ICA: 04221.
- Para los casos el pago de la cuarentena domiciliaria, el Código de servicio ICA: 04254 (En el Banco Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 25472).
- Para los viajeros que tengan cuenta bancaria con entidades financieras en el exterior deberá contar con autorización previa de la entidad financiera del país de origen.
Para información adicional, favor comunicarse:
Oficinas Nacionales del ICA - Dirección Técnica de Cuarentena
Carrera 68 A N° 24B - 10 Edificio Plaza Claro Torre 3
Telefono (601) 7563030 Ext. 3452
cuarentena.animal@ica.gov.co