VACUNACION CONTRA LA FIEBRE AFTOSA:
El Programa Nacional de Fiebre Aftosa tiene establecido que la vacunación se realice en forma obligatoria, cíclica y masiva en todos los animales de las especies bovina y bubalina, independientemente de su edad.
De acuerdo a la Ley 395/95, la vacunación se realiza dos ciclos anuales, autorizados por Resolución de la Gerencia General del ICA, que se llevan a cabo en los meses de mayo - junio y noviembre - diciembre respectivamente, cada uno con duración de 45 días.
En cada ciclo el ICA:
- Autoriza cada una de las Organizaciones Ganaderas Ejecutoras antes de comenzar el ciclo, sobre la base de visitas de verificación del cumplimiento de las condiciones arriba señaladas.
- Evalúa en conjunto con FEDEGAN-FNG y los laboratorios productores de vacuna, la disponibilidad de biológico antes de comenzar el ciclo a fin de asegurar que se dispone de las dosis requeridas para cubrir las necesidades de todo el país.
- Coordina además, con FEDEGAN-FNG, reuniones semanales de seguimiento a nivel local y regional con sus respectivas actas, en las cuales las Organizaciones Ganaderas Ejecutoras entregan al ICA informes parciales del avance del ciclo y copias de los RUV expedidos.
- Da recomendaciones para ajustes o mejoras en el desarrollo del ciclo de vacunación en la zona para lograr las metas del programa.
- Supervisa y registra la remisión de biológico desde los laboratorios productores a los distribuidores a nivel regional y local, para lo cual se elaboran actas.
- Supervisa la conservación, aplicación y registro de la vacuna.
Una vez finalizado el ciclo, con base en las reuniones regionales y en una reunión final nacional de evaluación, el ICA y FEDEGAN revisan aspectos técnicos, operativos y logísticos del ciclo para mejora del programa.
En cada ciclo, la vacunación es ejecutada por más de 2.000 funcionarios entre programadores y vacunadores contratados por las Organizaciones Ganaderas Ejecutoras y UMATAs autorizadas por el ICA en todo el país.
En las demás especies susceptibles existentes en Colombia (porcinos, ovinos y caprinos), no está autorizada la vacunación. Solo en casos muy especiales, se han autorizado vacunaciones de forma estratégica, así como en casos de control y erradicación de focos. Estas vacunaciones son autorizadas y supervisadas por el ICA como Servicio Veterinario Oficial.
Una vez finalizado cada ciclo, FEDEGAN-FNG y el ICA evalúan la disponibilidad de dosis de vacuna remanente del ciclo que termina, el número de dosis en proceso de aprobación y registro, y el número de dosis ya registradas.
Solicitan además a los laboratorios productores su programación y realizan una proyección a la fecha de inicio del ciclo que se esta proyectando. De esta manera, el país viene asegurando por anticipado que se va a disponer del suficiente número de dosis de vacuna para cubrir la necesidad nacional.
Los porcentajes de vacunación en el país se han incrementado a partir de 1.997, año en que el gremio ganadero a través de FEDEGAN-FNG inició su participación como ejecutor de las campañas de vacunación del Programa de Erradicación.