REQUISITOS
Las personas naturales o jurídicas, propietarias, poseedoras o tenedoras de predios pecuarios destinados a la producción de animales de las especies bovina, bufalina, équidos, porcina, ovina, caprina y aviar que cumplan con las siguientes condiciones, están en la obligación de registrarse ante el ICA:
- Bovinos y Bufalinos: Predio productor de leche con quince (15) o más animales y en producciones de carne o doble propósito, con veinte (20) o más animales.
- Porcinos: Predio productor de porcinos con cinco (05) o más hembras de cría, o predios con treinta (30) o más animales en total.
- Ovinos y Caprinos: Predio productor de Ovinos y/o Caprinos con diez (10) o más animales.
- Aviar: Predio productor de aves con doscientos (200) o más animales.
- Équidos: Todo Predio productor de équidos sin importar el número de animales.
Todos los predios pecuarios destinados a la producción de animales que se encuentren ubicados en los departamentos de frontera, especialmente en Nariño, Putumayo, Vichada, Arauca, Norte de Santander, La Guajira y en el municipio de Cubara del departamento de Boyacá, atendiendo las condiciones sanitarias de la zona, deberán ser registrados ante el ICA.
Todo predio que desarrolle estas actividades pecuarias y requiera el RSPP deberá cumplir lo siguiente:
- Copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT, si se trata de una persona natural o copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario previo a la presentación de la solicitud ante el ICA y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
- Acreditar la propiedad, posesión o tenencia del predio, así:
PROPIETARIO |
POSEEDOR |
TENEDOR |
En caso de ser propietario del predio pecuario el documento que certifica la propiedad sobre el mismo, será únicamente el Certificado de tradición y libertad, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario previo a la presentación de la solicitud ante el ICA.
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En caso de ser poseedor del predio pecuario, se deberá aportar un Oficio dirigido al ICA debidamente firmado y con huella dactilar, en donde el productor indique el tiempo de posesión que tiene respecto del predio, su extensión, ubicación exacta (vereda o corregimiento, municipio, departamento), nombres y apellidos completos del poseedor, número de cédula de ciudadanía y lugar de expedición. |
En caso de ser tenedor del predio pecuario, este deberá aportar documento por el cual el productor disfruta temporalmente del predio, reconociendo la propiedad, tenencia o posesión en otro.
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- Requisitos específicos por tipo de producción:
Bovinos y Bufalinos
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- Presentar copia del Registro Único de Vacunación RUV, vigente.
- Presentar copia del registro de hierro o padrón del hierro de los animales, expedida por la autoridad competente, en la que conste el nombre del propietario, independientemente si es o no una marca familiar, de acuerdo con lo indicado en la parte 13 del Decreto 1071 de 2015 y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
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Porcinos |
- Presentar copia del Registro Único de Vacunación RUV
- Registro Único de Identificación RUI, vigente
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Équidos |
- Presentar copia del Certificado de vacunación de Encefalitis Equina Venezolana EEV de acuerdo con los establecido en la Resolución 6646 del 2017
- Documento suscrito por el propietario de los animales dirigido al ICA, en la que indique ubicación geográfica del predio (vereda o corregimiento, municipio, departamento), número de animales, sexo y categorías de edad que se encuentran en el predio.
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Ovinos – Caprinos |
Presentar documento suscrito por el propietario de los animales dirigido al ICA en la que indique ubicación geográfica del predio (vereda o corregimiento, municipio, departamento), especie, tipo de producción, tipo de identificación que usa en su producción, número de animales por especie, sexo y categorías de edad que se encuentran en el predio. |
Aviar |
Presentar documento suscrito por el propietario de los animales dirigido al ICA en el que indique ubicación geográfica del predio (vereda o corregimiento, municipio, departamento), extensión en hectáreas, infraestructura, capacidad instalada y capacidad ocupada. |
En el caso que el propietario, poseedor o tenedor desee registrar el predio y no tenga ninguna actividad pecuaria al momento de registro deberá realizar un oficio donde manifieste dicha novedad. El productor deberá reportar la actividad pecuaria a desarrollar en la respectiva GSMI según sea el caso, para las especies que no estén sujetas a la GSMI, deberá informar el ingreso de los animales al predio por medio de una comunicación donde lo indique.
- Copia de la cédula de ciudadanía de la persona autorizada para solicitar la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización Interna.
- Documento firmado por el propietario, poseedor o tenedor del predio pecuario a registrar, mediante el cual informa al ICA la persona autorizada para solicitar la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización Interna de sus animales, indicando nombres y apellidos, cédula de ciudadanía, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona autorizada.