Circular externa 05 - 2024

Aclaración en la aplicación del cobro de tarifa por Conceptos de Servicio
Contemplados en el Código de Tarifa No 02071 del Acuerdo de Consejo Directivo
del Instituto Colombiano Agropecuario ICA No.000005 de 2023.



Estos registros se limitan a la identificación del predio y el responsable de los animales, el cual constituye una base para la gestión de la autoridad sanitaria y en ningún caso legitima o suplanta los documentos expedidos por la autoridad competente para otorgar la propiedad de los predios o legalizar la actividad comercial.

 



      









 
Todos los predios que desarrollen actividades pecuarias, deberán cumplir con la normativa aplicable al sector agropecuario, sin perjuicio de las disposiciones establecidas por otras entidades, siendo competencia exclusiva del ICA el manejo de la sanidad animal, en armonía con la protección y preservación de los recursos naturales competencia de otras entidades del orden Nacional, Departamental o Municipal para lo cual el ICA desarrollará las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de estas.
 
NORMATIVIDAD VIGENTE:
       
Los predios registrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución 90464 del 2021, se entenderán válidos y conservarán plena vigencia. Cualquier modificación de estos registros  deberán cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en la resolución indicada.
 
REQUISITOS PARA EL REGISTRO SANITARIO DE PREDIO PECUARIO Y PARA LA HABILITACIÓN DE LA EXPEDICIÓN DE LAS GUÍAS SANITARIAS DE MOVILIZACIÓN INTERNA
 
Las personas naturales o jurídicas que desarrollen la actividad pecuaria en una o más de las siguientes especies bovina, bufalina, porcina, équida, ovina, caprina, aviar y acuícola, deberán presentar la siguiente documentación:
 
REQUISITOS GENERALES:

1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería (si aplica) o RUT, si se trata de una persona natural o informar en la forma 3-101 el nombre de la empresa y NIT si es persona jurídica y fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal.
 
2. El productor deberá informar en la forma 3-101 ubicación exacta del predio (vereda o corregimiento, municipio, departamento), número de extensión en hectáreas, dirección de notificación, teléfono de contacto y correo electrónico si cuenta con este.

REQUISITOS POR ESPECIE: