De acuerdo con la normativa establecida por el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, en cumplimiento del artículo 6° literal a) del Decreto 1840 de 1994 y la normatividad de la Comunidad Andina de Naciones Decisión 804 de 2015, detallamos los requisitos para la aplicación de medidas de control en la importación de insumos agrícolas. Estas medidas incluyen la obtención de los siguientes documentos:
Este documento se requiere para la importación de materias primas utilizadas en la formulación de insumos agrícolas registrados ante el ICA, así como para insumos agrícolas importados como productos terminados.
Este documento se diligencia en las solicitudes de importación de muestras de formulaciones de insumos agrícolas con fines de investigación o experimentación, que aún no cuentan con registro ante el ICA.
Además, se aplican medidas de control técnico y fitosanitario establecidas en las Circulares Externas del ICA:
Medidas de control técnico y fitosanitario para la importación de insumos agrícolas.
Medidas de control técnico y fitosanitario para la importación de materias primas destinadas a la exportación, incluyendo productos como el fipronil y el clorpirifos. Para acceder a los formatos requeridos y obtener información detallada sobre su diligenciamiento, puede consultar los siguientes recursos: