Ir a la Página Principal del ICA    
 
Oferta Institucional » Trámites y Servicios en Línea » Consultas » Pecuaria » Habilitación y renovación de establecimientos en el exterior

Habilitación y renovación de establecimientos en el exterior

La habilitacion de establecimientos en el exterior (establecimientos de origen) es un paso indispensable para el desarrollo de importaciones de animales y productos de origen animal, la necesidad de llevar a cabo este procedimiento se encuentra señalado en la Resolucion 04 de 2005.

Para poder realizar la habilitación, los productos de interés deben tener previamente definidos requisitos sanitarios que permitan su importación al país (ver consulta Requisitos Zoosanitarios de Importación). En caso de que no existan requisitos para su importación debe contactarse con la Dirección Técnica de Evaluación de Riesgos (evaluacion.riesgos@ica.gov.co).

Para llevar a cabo la habilitación, se debe hacer llegar a la Direccion Técnica de Cuarentena (Cra. 41 # 17 – 81, 3er Piso, Bogotá D.C.) la siguiente documentación:

 
Documento ¿Qué debe indicar? Característica
*La Guía de Monografia de Proceso se envia al interesado via correo electronico.
**El Formulario de Habilitacion de Establecimientos se envia al interesado via correo electronico, según la mercancia de interes.
***Tarifa vigente para el 2014
1 Carta de solicitud por parte del interesado en desarrollar el proceso en Colombia.
  • Los datos del establecimiento a registrar (Dirección, Ciudad, País).
  • Los datos de la persona de contacto en Colombia para el desarrollo del trámite (números telefónicos y correo electrónico)
  • Subpartida arancelaria de la mercancía.
  • Documento fisico
2 Certificado emitido por el Servicio Veterinario Oficial del País de Origen (país donde está ubicado el establecimiento de interés)
  • Que el establecimiento de interés está debidamente registrada y supervisada por ellos
  • Que cumplen con la normatividad sanitaria vigente en sus países para su funcionamiento.
  • Documento original y en físico
  • Tener fecha de emisión reciente.
3 Monografía de proceso * (este aplica solo para productos procesados)
  • Origen de la materia prima.
  • Proceso de elaboración (fisicos, quimicos, termicos)
  • Almacenamiento, empaque, entre otros
  • Documento físico y original
  • Debe contar con el visto bueno (sellos) del Servicio Veterinario Oficial del país de origen
4 Formulario de Habilitacion de Establecimientos **
  • Datos relacionados a la infraestructura del establecimiento
  • Condiciones de manejo de los animales o mercancias
  • Supervision sanitaria – sistemas de gestion de calidad
  • Fotografias y Registros
  • Debidamente diligenciado en su totalidad
  • Documento físico y original. Los anexos pueden ser presentados en un medio electrónico (Disco compacto, memoria USB, etc.) 
  • Tener fecha de elaboración reciente.
  • Debe contar con el visto bueno del Servicio Veterinario Oficial o la autoridad sanitaria competente del país de origen.
5 Recibo de pago correspondiente al proceso de habilitación de establecimientos
  • Nombre del importador o persona interesada en el tramite de registro.
  • Codigo de facturacion 181
  • Valor $ 49.000 COP***

La documentación señalada anteriormente se debe hacer llegar en un solo paquete y se requiere por cada establecimiento de interés.

Nota: Para el caso de carne y productos cárnicos el trámite de habilitación debe ser adelantado directamente con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA para lo cual deben contactar a la Dirección de Alimentos y Bebidas (invimasal@invima.gov.co). Posteriormente el INVIMA notificará al ICA la informacion correspondiente para su respectivo registro en el SISPAP. 


ACTUALIZACIÓN DE LA VIGENCIA DE ESTABLECIMIENTOS APROBADOS POR EL ICA PARA IMPORTACIÓN

Una vez vencida la vigencia de la aprobación se debe proceder a su renovación, para lo cual se debe remitir a la Dirección Técnica de Cuarentena (Carrera 41 # 17-81 tercer piso en Bogotá D.C.) lo siguiente:
  1. Solicitud de actualización de la vigencia del establecimiento de interés.
  2. Certificado del Servicio Sanitario Oficial del pais donde se encuentra ubicado el establecimiento, en el cual se indique que el establecimiento está aprobado para exportar, continúa bajo supervisión oficial y bajo las mismas condiciones sanitarias con que fue habilitado inicialmente.
  3. El certificado debe venir en original, español y con fecha reciente. En caso de ser expedido en otro idioma, la traducción debe ser oficial.
  4. Realizar el pago del servicio para la actualización de la vigencia el cual tiene un costo de $49.000 COP* (Código de facturación 181).
  5. Para este trámite en lo que hace referencia a los establecimientos desde donde se importa  carne y productos cárnicos debe ser consultado y adelantado con el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos INVIMA para lo cual deben contactar a la Dirección de Alimentos y Bebidas (invimasal@invima.gov.co).
*Tarifa vigente para el 2014