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Importación de peces ornamentales

Para la importación de peces ornamentales a Colombia, el usuario debe cumplir con el siguiente procedimiento:

  1. Contar con el permiso de importación expedido por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca -AUNAP.
  2. Contar con el permiso correspondiente del Ministerio de Ambiente, para la introducción de especies acuáticas exóticas o especies nativas mejoradas genéticamente, para lo cual debe dirigirse a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA
  3. Cuando cuente con estos permisos y corresponda a una importación procedente de países de los cuales no se ha importado previamente, se requiere adelantar una evaluación de riesgos, para lo cual debe:
    • Solicitar la evaluación de riesgos ante la Dirección Técnica de Evaluación de Riesgos del ICA, puede solicitar información adicional al correo evaluacion.riesgos@ica.gov.co.
    • Sí el resultado de la evaluación de riesgos es favorable, se establecen los requisitos sanitarios de para importación y se realiza la habilitación del establecimiento de origen, para lo cual deberá solicitar la inscripción del mismo ante la Dirección Técnica de Cuarentena del ICA. Para realizar este procedimiento, el ICA dispone de formularios de inscripción del establecimiento, que debe ser diligenciado en el país de origen y avalado (firmado y sellado) por el Servicio Oficial de Sanidad Animal. Los formularios se pueden solicitar al correo cuarentena.animal@ica.gov.co.
  4. El formulario original diligenciado (con todos los anexos solicitados) se radica ante la Dirección Técnica de Cuarentena, Carrera 41 No. 17-81 en Bogotá, con la factura de pago por el servicio, según el valor establecido en la Resolución de tarifas vigente.
  5. Una vez se cuente con la autorización del Ministerio de Ambiente (si requiere) para la importación de los animales, se establezcan los requisitos sanitarios para importación y se apruebe la habilitación del establecimiento de origen, el usuario podrá solicitar el Documento Zoosanitario para importación (DZI).

    Este documento lleva anexos los requisitos sanitarios que debe cumplir el producto a importar los cuales deben ser certificados por la autoridad sanitaria del país de origen. Este documento es de carácter previo, válido para un solo embarque, tiene una vigencia única de 90 días y requiere la cancelación del servicio, según el valor establecido en la Resolución de tarifas vigente.

    La solicitud de expedición del Documento Zoosanitario para Importación- DZI se realiza a través de la página web del ICA www.ica.gov.co en el aplicativo SISPAP, para lo cual debe solicitar un usuario y clave de acceso, enviando un correo electrónico a la Dirección Técnica de Cuarentena cuarentena.animal@ica.gov.co anexando el certificado de la cámara de comercio reciente y RUT de la empresa importadora.

    El procedimiento a seguir para realizar las solicitudes del DZI a través del SISPAP es:
    • El usuario ingresa a la página del ICA
    • Buscar el vinculo impo & expo y dentro de este el link del SISPAP
    • Ingresar al aplicativo con el usuario y contraseña
    • Ingresa la información solicitada para la expedición del DZI
    • Realiza el pago en línea o consigna el valor correspondiente del DZI