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Incentivos Sanitarios 2010


Septiembre 2 de 2010


MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO TÉCNICO PARA LA  ADJUDICACIÓN DEL INCENTIVO SANITARIO DE FLORES Y FOLLAJES 2010

 

 En consideración al numeral 10 del Reglamento Técnico para la Adjudicación del Incentivo Sanitario para Flores y Follajes publicado el 09 de agosto de 2010, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ha determinado realizar la siguiente modificación:

 

Numeral 1 – Modificar el numeral 5.2  del Reglamento Técnico, el cual quedará así:

 

5.2 Reclamar Certificación del ICA sobre el cumplimiento el plan de manejo Integrado de plagas (MIP): Una vez cumplido el requisito establecido en el numeral 5.1, el productor solicitará y reclamará entre el 26 de agosto y el 8 de septiembre de 2010, en la seccional del ICA en la cual se hizo el registro de su cultivo, una certificación sobre el cumplimiento del Plan de Manejo Integrado de Plagas (MIP) en el área registrada.

 

Numeral 2 – Todos los demás puntos citados en el Reglamento Técnico no sufren ninguna modificación.

 

 Agosto18 de 2010


De acuerdo al reglamento técnico, ha sido publicado el Listado Definitivo de Productores Inscritos para el ISFF 2010. En total se presentan 1302 predios, relacionados asi:

prediosdefinitivo.jpg

Consultar listado (PDF)

  >>>>>>



El dia 9 de agosto fue publicado en este momento el reglamento tecnico y listado preliminar de beneficiarios para incentivo 2010. Este listado preliminar corresponde al listado definitivo 2009. Las personas naturales o Jurídicas que ya se encuentren en este listado NO REQUIEREN de una nueva solicitud.

INCLUSION O MODIFICACION DE DATOS


Aquellas empresas que obtuvieron su registro en el ultimo año y no aparecen en el listado preliminar, o aquellas que presenten datos con información diferente a la contenida actualmente en el registro, deberán solicitar la MODIFICACION del listado  o su INCLUSIÓN enviando debidamente diligenciado (Firmado y Esaneado) el formato de Actualizacion de datos ADJUNTO (Solicitud-Flores-y-Follajes-2010.doc), a través de los correos establecidos para tal fin y que se relacionan a continuación de acuerdo a la ubicacion geografica del predio :
.
Antioquia               ornamentales.antioquia@ica.gov.co
Boyaca                  ornamentales.boyaca@ica.gov.co
Cauca                   ornamentales.cauca@ica.gov.co
Caldas                   ornamentales.caldas@ica.gov.co
Cordoba               ornamentales.cordoba@ica.gov.co
Cundinamarca       ornamentales.cmarca@ica.gov.co
Quindio                 ornamentales.quindio@ica.gov.co
Risaralda               ornamentales.risaralda@ica.gov.co
Sucre                   ornamentales.sucre@ica.gov.co
Valle                    ornamentales.valle@ica.gov.co
Otros                   ornamentales@ica.gov.co

De acuerdo al reglamento técnico publicado, UNICAMENTE accederán al apoyo aquellos predios con registro expedido ANTES del 09 de Agosto de 2010, y solo se aceptara la actualización de datos para aquellos predios con registro vigente.

Si los cambios requeridos obedecen a una modificación DEL REGISTRO, esta deberá presentarse directamente por el representante legal del predio, en la Gerencia Seccional del ICA donde se expidió el registro original. Esta solicitud tendrá el curso normal de trámite y respuesta, y estará sujeta a la programación de verificación, aprobación y expedición del registro modificado.

INFORME TECNICO

Para la presentación del informe técnico, se deberá diligenciar y enviar (Firmado y Escaneado) el modelo de informe adjunto (FormularioInformeTecnico.doc) por parte del representante legal y asistente técnico autorizado por el ICA. La información allí consignada (correspondiente al ultimo trimestre) será objeto de verificación selectiva por el ICA.

Si algun predio presenta un  informe que no refleja la realidad de lo encontrado en las visitas selectivas de  seguimiento, este predio no contara con la certificacion de cumplimiento del ICA y no podrá continuar con el proceso de adjudicacion.

Para la aceptación del Informe técnico es imprescindible que este venga acompañado por una copia del pago o consignación, por concepto de la expedición de la correspondiente certificacion sobre el cumplimiento
del MIP, segun las tarifas establecidas para tal fin en el acuerdo de tarifas del ICA vigentes.

Los informes tecnicos y copia del pagos se debera enviar al respectivo correo de ornamentales de acuerdo a la ubicacion geografica del predio.

CERTIFICACION ICA SOBRE CUMPLIMIENTO DEL PLAN INTEGRADO DE PLAGAS (MIP)

Una vez el ICA realice la verificación selectiva de la información suministrada en el informe técnico recibido, consolidará un listado único nacional de predios que cumplen con el Plan Integrado de Plagas (MIP) y lo enviara de manera oficial a la Bolsa Mercantil de Colombia.Este mismo Listado sera publicado en esta pagina

En las oficinas Seccionales del ICA se hará entrega fisica de la certificacion en donde se avala el cumplimiento del Plan Integrado de Plagas (MIP), previa presentacion FISICA del ORIGINAL DEL RECIBO DE PAGO (El valor de la certificacion es de $18.700.oo por predio)

El certificado que menciona el reglamento, y cuyo formato suministrara la Bolsa Mercantil de Colombia (antes BNA), es un certificado diferente al que expide el ICA y en ningun momento sustituye al  certificado que expide el ICA

Documentos Adjuntos


 



 

 

 

 

 
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